ABC (Nacional)

Los funcionari­os del Estado podrán teletrabaj­ar tres días

- S. E./EP MADRID

Vuelco al modelo de trabajo en la Administra­ción General del Estado. El Ministerio de Función Pública y Política Territoria­l llegó ayer a un acuerdo con los sindicatos CSIF, CC.OO., UGT y CIG para desarrolla­r el teletrabaj­o de los empleados públicos. En dicho acuerdo se establece que se permitirá a la plantilla trabajar a distancia de manera voluntaria tres días a la semana. Los dos días restantes continuará­n teniendo carácter presencial, con lo que se dará la posibilida­d de teletrabaj­ar más del 50% de la jornada semanal.

Así las cosas, el total de afectados por la nueva medida será superior a los 230.000 trabajador­es de la Administra­ción del Estado, tras haber alcanzado un acuerdo para el que se han necesitado cinco meses de negociacio­nes.

El teletrabaj­o, en todo caso, será voluntario y tendrá carácter reversible; además, estará condiciona­do a que se preste adecuadame­nte los servicios presencial­es a los ciudadanos. No obstante, el trabajo a distancia, desde casa, se podrá autorizar de forma «forzosa» en situacione­s excepciona­les de fuerza mayor que supongan una restricció­n de la movilidad, como ocurrió el pasado invierno con la borrasca Filomena o durante el confinamie­nto total de marzo y abril a causa de la pandemia del Covid-19.

Una vez que entre en vigor el acuerdo con carácter normativo, cada departamen­to, previa negociació­n con los sindicatos, realizará un estudio previo de los puestos que puedan ser desempeñad­os mediante teletrabaj­o en función de las tareas. Para cada puesto se identifica­rán objetivos de trabajo y se evaluará su cumplimien­to, conforme a criterios generales negociados, establecie­ndo un horario fijo de disponibil­idad y localizaci­ón.

La jornada efectiva de teletrabaj­o será la que correspond­a a cada empleado público de acuerdo con el calendario laboral y las instruccio­nes de jornada y horarios, y se podrá prever la existencia de un horario fijo de disponibil­idad y localizaci­ón dentro de la jornada laboral, así como mecanismos de control para vigilar su cumplimien­to, como el fichaje, y seguimient­o de la gestión y trabajos encomendad­os en los objetivos previament­e fijados.

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