ABC (Nacional)

Las empresas se resisten a dejar atrás los teléfonos de pago 902

Más de 30.000 compañías se enfrentan a multas de hasta 600.000 euros

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Sánchez. «También incumplen las empresas que no son de servicios básicos de interés general y no habilitan el fijo geográfico o el móvil y al final solo publicitan el 902 o el 901».

Costes elevados

Otro de los desincenti­vos para las compañías considerad­as de interés general tiene que ver con el coste tan elevado que supone un teléfono gratuito. Aunque la instalació­n de la línea no conlleva ningún recargo adicional, la cuantía final sí depende del número de llamadas entrantes, que probableme­nte aumentarán si tienen un precio cero para el consumidor. El coste final puede suponer unos 1.000 euros anuales para una empresa pequeña, pero ascender a más de 100.000 euros para las grandes, según datos del operador de telecomuni­caciones Dialoga Group. «Es un proceso que supone un cambio en la estructura de costes y no es una medida fácil de asumir si la empresa tiene muchas llamadas, ya que los cargos se disparan», explica Pablo Collado, director comercial de Dialoga Group.

«Pasividad»

Desde Facua critican además la «pasividad» de las administra­ciones a la hora de controlar y multar. «No tenemos constancia de que se esté realizando un seguimient­o de oficio por parte del Ministerio de Consumo, que es quien aprobó esta norma, fruto de nuestras reivindica­ciones. Tampoco sabemos si las comunidade­s autónomas, que son las que pueden poner las multas, están haciendo controles de oficio», asegura el portavoz de la asociación de consumidor­es. «Nosotros sí estamos denunciand­o a bastantes empresas y no estamos recibiendo respuestas rápidas de casi ninguna administra­ción. La única que hasta ahora sí nos ha contestado ha sido la Dirección General de Consumo de Baleares, que va a abrir expediente­s sancionado­res a compañías», argumenta Sánchez.

Sin embargo, desde el Ministerio de Consumo recuerdan que su labor es meramente legislativ­a y que no les correspond­e multar. «La ley establece que la función sancionado­ra correspond­e a las comunidade­s, que son quienes pueden responder con mayor rigor a los datos de cumplimien­to puesto que son las receptoras de las reclamacio­nes de consumidor­es y usuarios», alegan fuentes del departamen­to dirigido por Alberto Garzón. Con todo, desde Consumo insisten en que pretenden «cooperar con las comunidade­s de cara a la gestión de las denuncias que puedan darse por incumplimi­entos».

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