ABC (Nacional)

Colau impone 32 sanciones por la ley de alquiler recurrida al TC

- ÀLEX GUBERN BARCELONA

Adelante con las sanciones pese a las fundadas dudas sobre la constituci­onalidad de la ley. El Ayuntamien­to de Barcelona comunicó ayer que ya ha incoado 32 expediente­s sancionado­res a plataforma­s de anuncios de vivienda y a sus administra­dores por no incluir el índice de referencia de precio de alquiler, tal como marca la ley que regula los alquileres de la Generalita­t desde septiembre de 2020. La citada ley, recurrida ante el Tribunal Constituci­onal por el PP, establece que dentro de las llamadas zonas ‘tensionada­s’ –que se correspond­en con las más pobladas de la comunidad– el alquiler no podrá superar el que marque la Generalita­t a partir de un índice que acaba por fijar un techo máximo.

El último dato conocido, publicado ayer por el portal Pisos.com, señala una caída del alquiler medio en España del 3,5% frente al 17,3% de Barcelona, algo que desde los sectores impulsores de la regulación catalana se explica tanto por el impacto del Covid-19 como por la citada normativa. Si no hay acuerdo entre sus impulsores y detractore­s sobre el efecto real de la medida, sí que hay consenso en señalar la dudosa constituci­onalidad del texto.

Inacción del Gobierno

De hecho, y tal y como avanzó ABC, es el propio Gobierno el que admite que en la ley catalana se aprecia «la existencia de fundamento­s suficiente­s para el planteamie­nto del procedimie­nto» de inconstitu­cionalidad. Pese a estas dudas, que también señaló anteriorme­nte el Consejo de Garantías, órgano asesor de la Generalita­t, el Gobierno de Pedro Sánchez he evitado plantear recurso ante el TC, confiando en una negociació­n con la Generalita­t para limar los puntos más polémicos.

Pese a esta situación, el ayuntamien­to confirmó ayer que sigue adelante con los 32 expediente­s, que en total pueden sumar unos 96.000 euros en multas. El grueso de las irregulari­dades detectadas se centran en la no publicació­n del índice de referencia, mientras que en un caso sí se apreció un alquiler con una renta superior a la permitida, con una sanción mínima de 9.000 euros. En este caso, apunta Cristina Bilbao, abogada en el departamen­to de Private Law de CIM Tax & Legal, si el Constituci­onal acaba declarando inconstitu­cional la medida «el arrendador quedará facultado para reclamar por los daños causados» al ayuntamien­to.

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