Condenan al alcalde a autorizar los 14 azulejos del Vía Crucis que prohibió
«La Semana Santa es una Fiesta de Interés Turístico Nacional», dice la sentencia
El Ayuntamiento de Utrera ha sido condenado a autorizar que el Vía Cruci s del Consejo de Hermandades y Cofradías pueda colocar los 14 azulejos que pensaba instalar en enero de 2016 en las fachadas de otros tantos inmuebles y que el alcalde le negó. Un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla ha estimado la demanda del Consejo de Hermandades de esta localidad contra el decret o del t eniente de alcalde de Urbani s mo, Vi vie nda y Pat r i monio de Utrera quien, por delegación del propio alcalde, desautorizó los azulejos que representan el Vía Crucis en fachadas del conjunto histórico.
La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, rechaza los argumentos del Ayuntamiento (gobernado por el PSOE) y da la razón a las hermandades que querían celebrar su tradicional Vía Crucis con los azulejos por las calles.
El Ayuntamiento se negó a que se instalasen los símbolos religiosos pese a que la arquitecta técnica municipal determinó que ello «no afectaba» a los inmuebles protegidos. Por tanto emitió una resolución que no era contraria a esos adornos y decidió que fuera la Comisión de Patrimonio local la que decidiese. Tras ello, esa comisión informó desfavorablemente a la instalación alegando que esas actuaciones «no estaban reguladas en la normativa vigente» y que carecían de «precedentes históricos los emplazamientos y los azulejos indicados».
El juzgado, que ha dado la razón al Consejo de Hermandades, recuerda que siete de los inmuebles en los que se pidió autorización para los azulejos no estaban catalogados como protegidos y otros lo estaban de manera que permitían señalización con información de interés. Recalca que la Semana Santa de Utrera «fue declarada Fiesta de I nterés Turístico Nacional de Andalucía » e n 2003 y que el municipio está incluido en «Caminos de Pasión», una de las «rutas culturales de España». Por ello, la col ocación de azulejos del Vía Crucis « constituye sin duda una i nformación de interés» que encaja en las ac- tuaciones permitidas por el plan de protección y catálogo del conjunto histórico de Utrera. «No se entiende nada bien porqué esa falta de precedentes históricos ha de ser motivo suficiente para denegar la petición cuando tal exigencia no aparece en ninguna parte», afirma el juez.
El perito no era objetivo
El j uez también apunta que uno de los peritos que presentó el Ayuntamiento c ontra de la c ol ocación de adornos era miembro de la Comisión Local de Patrimonio que se opuso a la petición del Consejo de Hermandades y que «no era una pericial objetiva» o incluso cuestiona si el perito era «historiador o aficionado». El juez impone al Ayuntamiento las costas del procedimiento en una sentencia que puede ser recurrida.