Revés económico
nes directores de los aeropuertos de interés general (como es el de Sevilla), aunque no sean instrumentos de planeamiento urbanístico, puede incidir en la fase de ordenación territorial y urbanística entendiéndose que en caso de concurrencia de distintas competencias debe prevalecer el interés estatal sobre el local ya que aún sin existir jerarquía entre planes municipales y proyectos estatales en materia de su competencia decisiva debe prevalecer la planificación de las obras de interés general». Los planes urbanísticos de Sevilla no tenían en cuenta esas zonas de influencia de San Pablo, pero se mantuvieron pese a las advertencias. Ahora se ha condenado a la ciudad por aquellas prácticas. «Los planes generales y demás aspectos generales de ordenación urbana no podrán incluir determinaciones que supongan interferencia o perturbación en el ejercicio de las competencias de explotación aeroportuaria». Contundente. Pero ni así.
Se trata de un nuevo posicionamiento de la Justicia después de que en octubre un juzgado de Sevilla ya condenase al Ayuntamiento al abono de más de un millón de euros e hiciese ver que los convenios tenían un claro afán recaudatorio. En una sentencia del 26 de enero de este año que ha podido consultar ABC, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 10 de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento a devolver cantidades en metálico que superan los 8,8 millones de euros a esas empresas promotoras de los suelos del sector 02 de San Nicolás Este por los sistemas generales que no llegaron a ejecutarse de los convenios de Monteseirín, además de los intereses generados, lo que lleva la cantidad a algo más de 10 millones de euros. En paralelo, las arcas municipales, según esta condena, deben devolver tres avales, con gastos e intereses, de 512.000 euros, 846.000 euros y 6,1 millones de euros, respectivamente. Alguna de las promotoras, defendidas en este caso por el bufete de Carlos González de Castro y de Antonio Velarde, acabaron en la quiebra tras no poder ejecutar sus planes.
Inviable urbanizar
En la profusa sentencia, el juez declara probado que, en lo que respecta a toda esta zona al este de la capital, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) fue aprobado en contra de informes preceptivos y vinculantes de la Dirección General de Aviación Civil de enero y diciembre de 2006, en lo que se deja bien claro que es inviable urbanizar esos sectores pues forman parte del área de influencia del aeropuerto de San Pablo y que, incluso, se habían se
Urbanismo «huyó hacia adelante» pese a haber «abandonado la idea de ejecutar los convenios»
La Justicia obliga a la ciudad a abonar más de 10 millones a los promotores que desarrollarían esas parcelas
ñalado parcelas que formaban parte de la ampliación de pistas del mismo. El Ayuntamiento rechazaba el área de servidumbre aeroportuaria que especificaba Aviación Civil con nitidez. Ahora la Justicia no sólo le obliga acatar sino que subraya que era evidente que no se podía seguir adelante con los planes urbanísticos.