LAS CLAVES DEL INFORME
incorporarlo». En este sentido, el artículo 26 de la Ley del Gobierno establece que en el expediente administrativo de cualquier norma deben figurar «la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, los informes y dictámenes recabados para su tramitación, así como todos los estudios y consultas emitidas y demás actuaciones practicadas». Y que este dossier es el que debe remitirse a la Cámara Baja. Las mismas fuentes hacen hincapié en la gravedad del hecho recordando que nunca el Tribunal Constitucional ha tenido que juzgar si el Gobierno ha hurtado informes al Congreso. «Si el caso llega al TC será histórico, será la primera vez que sucede», subrayan las mismas fuentes.
Obligado a publicarlo
Sin embargo, no hay unanimidad en el cuerpo de letrados. Otros juristas del Congreso consultados por ABC coinciden con el Gobierno y consideran que no incumplió la ley al no remitir el informe. No obstante, todos coinciden en que el Ejecutivo debe hacer público el dictamen ya que tanto el PP como Ciudadanos lo solicitaron a través del Registro del Congreso. Respecto a esto, el Gobierno no se niega a dar a conocer el informe pero no se compromete a hacerlo en una fecha determinada, lo que eleva las sospechas respecto a su contenido. Además,
El Gobierno solicitó al Consejo de Estado voluntariamente que informara sobre el decreto de los fondos europeos. La ley no le obligaba a ello.