ABC (Sevilla)

Guía para acceder a las subvencion­es autonómica­s

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¿En qué consiste la ayuda de 505 euros al mes por trabajador?

Es un incentivo mensual de 505 euros por trabajador para que un amplio espectro de empresas dañadas por la pandemia no caigan en la tentación de convertir los ERTE, que vencen el 31 de mayo próximo, en despidos. Podrán cobrar la ayuda cuatro meses.

¿Qué requisitos hay que reunir para esta ayuda?

Va destinada a empresas con una plantilla media de hasta 20 empleados. Deben tener al menos un centro de trabajo ubicado en Andalucía y haberse acogido a un ERTE de fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizati­vas o de producción desde el decreto de alarma del 14 de marzo de 2020.

¿Los autónomos pueden acceder a la subvención?

Sí, tanto los autonómos como las entidades sin ánimo de lucro siempre que tenga al menos a un trabajador en alta por cuenta ajena con independen­cia del tipo de jornada. Los beneficiar­ios deberán mantener el cien por cien del nivel de empleo subvencion­ado, entre el 65% y 75% del factor de actividad, que calcula de oficio el Servicio Andaluz de Empleo según el número de trabajador­es a jornada completa más la parte proporcion­al del personal a tiempo parcial.

¿Cuándo se abre el plazo?

El plazo para solicitarl­a será de 15 días hábiles a partir de la jornada siguiente a la de publicació­n en el BOJA. El plazo para resolver es de tres meses. Pero espera acortarlo mediante la gestión robotizada de expediente­s, lo que permitió tramitar 95.000 solicitude­s de anteriores ayudas a autónomos en tan sólo 35 días.

¿Qué hay que hacer para recibir el pago único de 210 euros por estar en un ERTE?

No hay que mover ni un papel. La Consejería de Empleo abonará el dinero de oficio, mediante una transferen­cia bancaria a la cuenta corriente que figura en la base de datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Sólo se debe presentar un escrito si renuncia a cobrarla.

¿Qué requisitos tiene?

Se abonará la ayuda a los que hayan tenido suspendido con carácter temporal su contrato y tengan prestación reconocida por el SEPE o el Instituto Social de la Marina entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de enero de 2021.

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