ABC (Sevilla)

Las doce claves de la campaña de la Renta de los ERTE

La Agencia Tributaria marcará récord de ingresos ante los millones de afectados a los que no se les practicó retención en su momento. Hasta 350.000 empleados en esta situación que no declararon en 2020 deberán rendir cuentas ahora al Fisco por contar con

- JAVIER TAHIRI MADRID

La complejida­d de la declaració­n de la Renta este año alcanzará máximos históricos, ante la circunstan­cia de que 3,5 millones de contribuye­ntes sufrieron un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en 2020 y ahora tendrán que tributar el IRPF de las prestacion­es que cobraron entonces, que no sufrieron retención alguna. Ello hace que esta vaya a ser una campaña que parece que conseguirá récord de ingresos para Hacienda, si bien también deberá enfrentar un descenso entre aquellos contribuye­ntes que perdieron su empleo en plena crisis. El sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) ha elaborado una guía con las principale­s claves, mientras que la propia Agencia Tributaria ha recabado las dudas más comunes para los afectados por ERTE.

De esta forma, si la pasada campaña fue la primera que se celebró, en su práctica totalidad, de manera online, en esta ocasión el número de casillas habituales se multiplica. Pero no será la única peculiarid­ad que llegará este año: a ello se le sumarán los receptores del Ingreso Mínimo Vital, la tributació­n de las ayudas públicas recibidas... todo un mar de cuestiones que arrancará el próximo 7 de abril.

Sí. Si ha recibido prestación por esta situación, el número de pagadores pasa de uno a dos: su empresa y el Servicio Público de Empleo (SEPE). Unos 327.000 contribuye­ntes afectados por ERTE que el año anterior no presentaro­n declaració­n han pasado a estar obligados a declarar al haber tenido en 2020 dos pagadores. Si se han recibido ingresos de dos fuentes distintas, el umbral mínimo de ingresos que obliga a presentar la declaració­n baja de 22.000 a 14.000 euros siempre que se hayan obtenido más de 1.500 euros del segundo pagador. La Agencia Tributaria va a realizar un envío de cartas informativ­as a aquellos que no presentara­n declaració­n en la campaña de Renta anterior y reforzará la asistencia personaliz­ada para facilitar la presentaci­ón de la declaració­n y la resolución de dudas que lo necesiten. Aquellos trabajador­es en ERTE que tengan que hacer la declaració­n de la Renta, tendrán que tributar ahora por unas cantidades que el año pasado no sufrieron retención de IRPF.

Se deberá pagar el IRPF de las cantidades recibidas en 2020 que el SEPE no retuvo, por lo que conviene postergar la declaració­n y así ganar unos meses de liquidez en caso de que le salga a pagar. Hacienda pone un ejemplo con un sueldo de 21.000 euros que en 2020 recibiera 16.000 de su empresa y 5.000 del SEPE al estar en un ERTE. Este trabajador debe ingresar a la Agencia Tributaria ahora 1.645,27 euros. De esta forma, sumando las retencione­s que se le practicaro­n en su sueldo, habrá pagado 2.504,47 euros en IRPF correspond­ientes al año 2020, una cantidad similar a los 2.578,8 euros que habría pagado si hubiera recibido esos mismos 21.000 euros y los hubiera tributado solo a base de retencione­s.

Sí, los hay. En determinad­os casos, los trabajador­es que tengan que hacer la declaració­n de la Renta por haber estado en un ERTE y haber tenido dos pagadores tendrán que pagar más impuestos que si hubiesen cobrado la misma cantidad de un solo pagador y no hubieran estado obligados a hacer la declaració­n de la Renta. Esto es así en aquellos rendimient­os inferiores a 22.000 euros cuyas comunidade­s autónomas –que tienen transferid­o el 50% de la tarifa de IRPF– tengan tipos superiores a la tarifa estatal. Las empresas normalment­e hacen las retencione­s en nómina siguiendo los tipos estatales, de forma que al hacer la declaració­n de la Renta, Hacienda ajusta las diferencia­s, positivas o negativas, con la tarifa impositiva de la comunidad autónoma donde reside el trabajador. En estos casos, según cálculos de ABC, la Renta hará que paguen más IRPF los trabajador­es de Comunidad Valenciana, Murcia, Aragón,

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Oficina de la Agencia Tributaria

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