Empresa EY será el administrador concursal de la matriz de Abengoa
El juez mercantil Miguel Ángel Navarro ha seleccionado a EY como administrador concursal de la matriz de Abengoa, que está en concurso de acreedores con un pasivo de mil millones de euros. Quedan fuera de la pugna por tanto FTI Partners Corporate Recovery Spain y la unión de Data Consursal, Simmons & Simmons y Crowe, según ha ha comunicado la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Abengoa S.A. cotiza en la Bolsa de Madrid, aunque desde julio pasado tiene suspendida su cotización por no haber presentado auditadas sus cuentas de 2019 y contar con un desfase patrimonial de 388 millones de euros. La empresa está en concurso y el juez mercantil suspendió recientemente, a petición de Abengoa, la junta general de accionistas que iba a votar la destitución de Juan Pablo López-Bravo como presidente y la elección de Clemente Fernández como sucesor. La Sindicatura de Accionistas AbengoaShares recurrió la decisión de suspender la junta general y el juez debe decidir ahora si acepta su petición.
EY tendrá que realizar un informe provisional de la empresa, en el que establecerá el valor de su activo y pasivo, y se determinará si deberían ir a concurso las filiales de Abengoa, que adeuda 6.000 millones de euros. En ese caso, cada filial debería tener un administrador y al no estar cotizadas no tendrán que ser preseleccionados por la CNMV, como ha sucedido con la matriz.
Recorte de primas
Por otro lado, el reino de España y CSP Equity Investment —filial de Abengoa— se vieron las caras el pasado viernes en el arbitraje internacional que interpuso la multinacional por el recorte de la prima a las renovables. Las dos partes mantuvieron sus posturas, de modo que Abengoa reclamó al Estado 1.188 millones de euros en concepto de indemnización por el hachazo de esas primas, mientras que la Abogacía del Estado se ha opuesto. En el plazo de uno o dos meses se espera el laudo de este arbitraje internacional, que se realiza en La Haya.
«Nos oponemos dado que la garantía ofrecida por España era una rentabilidad razonable. España adoptó los cambios normativos para atajar el déficit de tarifa y tenía el derecho, e incluso la obligación, de adaptar el régimen de remuneración mediante una tasa de rentabilidad razonable para proteger su salud económica», indican desde el Gobierno central.