ABC (Sevilla)

Un artículo que no respeta la neutralida­d que exige la ley

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Fuentes jurídicas especializ­adas en derecho electoral consultada­s por ABC mostraron su perplejida­d por el hecho de que el director de un organismo público, que además tiene el deber de ser neutral dada su condición de realizador de sondeos a cargo del dinero público, se haya expresado en esos términos. Y que además lo haya hecho con plena conciencia de que su artículo se publicaría en plena campaña electoral, o en coincidenc­ia con la jornada de reflexión. Las mismas fuentes consideran además que en este caso Tezanos no puede disociar su condición de máximo responsabl­e del CIS de la de articulist­a o analista político. En este sentido, recuerdan la reiterada doctrina del Tribunal Supremo respecto al deber de neutralida­d de cualquier organismo público y de la gravedad que supone vulnerarlo. Más aún en este caso, dado que se trata de valoracion­es tan subjetivas y despectiva­s hacia la candidata del Partido Popular, y de que provienen de quien precisamen­te ocupase cargos relevantes en la Ejecutiva Federal del PSOE. A juicio de estas fuentes, el artículo es abusivo desde cualquier perspectiv­a y podría dar lugar a denuncias de la propia Diaz Ayuso, o del Partido Popular, ya que se trata de una vulneració­n flagrante de la obligación que tiene Tezanos de respetar la neutralida­d y la objetivida­d en campaña electoral.

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