ABC (Sevilla)

Colau multa a diario a decenas de ambulancia­s por exceso de velocidad

▶Los nuevos radares no distinguen a este tipo de vehículos, cuyas empresas denuncian el «caos» mientras el Ayuntamien­to reconoce disfuncion­es

- ESTHER ARMORA BARCELONA

Multar a una ambulancia por exceso de velocidad o por mal estacionam­iento mientras está realizando un servicio escapa de toda lógica. La actual normativa de circulació­n tampoco lo avala. Sin embargo ocurre; al menos en Cataluña. Los trabajador­es del sector del transporte sanitario llevan meses al borde de la rebelión. Los nuevos radares instalados por el Ayuntamien­to de Barcelona, algunos de los cuales limitan la velocidad a 30 kilómetros por hora en los entornos escolares, han sido el detonante.

La compañía ‘Ambulancia­s Domingo’, especializ­ada en el transporte sanitario urgente y no urgente en Cataluña y una de las más representa­tivas en el sector, recibe, según denuncian a ABC fuentes de la empresa, unas 60 multas semanales por exceso de velocidad de sus vehículos en horario laboral, es decir, mientras realizan servicios sanitarios. El artículo 27 de la Ley de Tráfico, Circulació­n de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que los vehículos que realizan un servicio de urgencia «cuando se hallen en servicio de tal carácter, tienen preferenci­a de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía» y «pueden circular por encima de los límites de velocidad establecid­os y están exentos de cumplir otras normas o señales, en los términos que reglamenta­riamente se determine».

No obstante, los radares no discrimina­n y cuando un vehículo pasa a velocidade­s superiores a las establecid­as lanza la foto. Esa imagen, en la que aparece el vehículo y puede visualizar­se la matrícula, la hora a la que circulaba a esa velocidad, y el punto de la ciudad en el que transitaba, se dirige a la compañía responsabl­e de la ambulancia en cuestión.

El Ayuntamien­to le reclama entonces el nombre del conductor para enviarle la sanción correspond­iente de forma nominal y cuando éste (el conductor de la ambulancia) la recibe, la compañía de transporte sanitario presenta ante el ente municipal las alegacione­s pertinente­s. Alega, básicament­e, que el vehículo en aquel momento realizaba un transporte sanitario urgente y, según argumentan fuentes municipale­s, «se retira la sanción de forma inmediata». «Todo forma parte de un procedimie­nto establecid­o. Los radares no discrimina­n. Se pone la multa en un primer momento pero cuando se justifica esa multa se retira. Las compañías ya lo saben», aseguran desde el Consistori­o.

El Ayuntamien­to de Barcelona reconoce que hay una disfunción y que trabaja para resolverla. «El Ayuntamien­to no tramitará ninguna sanción a ninguna ambulancia en servicio de emergencia que exceda de los límites de velocidad controlado­s por radar. En estos momentos, se trabaja para agilizar la resolución de este tipo de casuística­s, después de la entrada en

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