Subirats se pliega al Govern y pide el requisito lingüístico para acreditar docentes
▶Los docentes tendrán que pagar tasas, por primera vez, para poder habilitarse ▶El borrador del nuevo real decreto de acreditación del ministerio tendrá en cuenta la experiencia profesional
Las concesiones del ministro de Universidades, Joan Subirats, a las exigencias del independentismo catalán no han terminado con lo ‘conquistado’ en la nueva ley de Universidades. Ahora llegan también a los reales decretos que desarrollan la norma, es decir, los que la ‘aterrizan’ en las aulas. En concreto, el borrador del real decreto por el que se regula la acreditación estatal de los cuerpos docentes universitarios establece que estos deberán cumplir requisitos lingüísticos. Este decreto, además, consuma la posibilidad de que las agencias autonómicas acrediten profesorado y establece, por primera vez, el pago de tasas para este proceso.
Las primeras licencias (sobre todo a ERC) se pusieron de manifiesto durante la tramitación parlamentaria de la nueva ley. Fue entonces cuando se incluyó en el texto que los campus deben fomentar y facilitar el conocimiento y el uso «como lengua de transmisión universitaria de las lenguas oficiales» propias de sus territorios. También se abrió la puerta, por primera vez, a que los profesores laborales (figura mayoritaria en Cataluña) puedan ser rectores y, la guinda del pastel, que en los claustros se puedan «analizar y debatir otras temáticas de especial trascendencia». Este último fue un añadido que pasó desapercibido hasta que la diputada de ERC, Marta Rosique, se refirió a él: «Hasta ahora, universidades como la de Barcelona o la Politécnica de Cataluña eran denunciadas ante los tribunales por posicionarse sobre temas de profunda actualidad política y de afectación en su entorno. Cuando se apruebe esta ley, las universidades podrán analizar y debatir temáticas de actualidad por ley. Basta ya de limitar la libertad de expresión», dijo.
La ley permite también que las agencias autonómicas puedan acreditar profesorado (algo que siempre ha hecho la agencia estatal, es decir, la Aneca). Aprobada ya la ley en las Cortes llegan ahora los reales decretos de desarrollo de la misma, donde parece que siguen las cesiones.
El nuevo requisito del pluralismo lingüístico
El borrador de real decreto señala que el procedimiento de acreditación garantizará la «imparcialidad de los miembros de los órganos de acreditación»; contará con una evaluación con «impacto social» y que esté basada «en la especificidad del área o ámbito de conocimiento, teniendo en cuenta, entre otros criterios, la experiencia profesional, en especial cuando se trate de profesiones reguladas y enseñanzas artísticas, la relevancia local, el pluralismo lingüístico y el acceso abierto a datos y publicaciones científicas».
Pago de tasas
Otra de las grandes novedades del decreto es que, por primera vez, será necesario el pago de tasas. «La participación en el procedimiento de acreditación podrá exigir el abono de las tasas que anualmente se determinen en los Presupuestos», dice el texto.
Las agencias autonómicas también podrán acreditar
Algo que quedó claramente fijado en el cuerpo del texto de la ley: las agencias autonómicas también podrán acreditar profesorado. «El acceso a los cuerpos docentes universitarios exigirá, además del título de Doctor/a, la previa obtención de una acreditación por parte de la Aneca que, valorando los méritos y competencias de las personas aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario en el conjunto del país. La Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades autónomas». En este borrador de real decreto, esta opción se consolida. Así, vuelve a señalar que la «Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de méritos y competencias por parte de las agencias de calidad de las comunidades que lo soliciten».
Condiciones para poder acreditarse
En el caso de los profesores titulares será requisito para obtener la acreditación, «la realización de actividades de investigación o docencia por un periodo acumulado de, como mínimo, nueve meses, en universidades y/o centros de investigación distintos de aquella institución en la que se presentó la tesis doctoral». En el caso de los que quieran ser catedráticos, el texto señala que podrán optar a la acreditación los «profesores titulares de Universidad
y los profesores permanentes laborales».
Además, en cuanto a los méritos evaluables y criterios de evaluación en general se pedirá, respecto a la investigación y transferencia e intercambio del conocimiento, un «número reducido de contribuciones relevantes con una explicación narrativa breve sobre calidad, impacto o relevancia científica, social y/o local sustentada por los indicadores de calidad que el candidato quiera aportar». En cuanto a la docencia, se exigirá «un tiempo mínimo de experiencia docente universitaria, que variará en función del cuerpo docente para el que se solicite la acreditación, así como una valoración positiva de calidad». También habrá méritos (solo para catedráticos) para los que habrá que demostrar «evidencias significativas de una trayectoria de liderazgo y reconocimiento externo a la institución donde prestan servicios, tanto en lo relacionado con la actividad docente como con la investigadora».
También se incorporan méritos relacionados con la actividad profesional y se destacan, especialmente, las profesiones reguladas y las enseñanzas artísticas. Esto viene a entroncar con la recientemente aprobada ley de enseñanzas artísticas aprobada por el Ministerio de Educación que tanto ha molestado a los decanos de las Facultades de Bellas Artes (y al propio Consejo de Universidades) y que denunció la equiparación entre las enseñanzas artísticas superiores y las universitarias porque las exigencias de unas y otras son diferentes.
El nuevo texto del ministerio de Subirats pide ahora «méritos de liderazgo» para los catedráticos
Las enseñanzas artísticas, así como las profesiones reguladas será también uno de los requisitos para poder acreditarse