ABC (Sevilla)

Subirats se pliega al Govern y pide el requisito lingüístic­o para acreditar docentes

▶Los docentes tendrán que pagar tasas, por primera vez, para poder habilitars­e ▶El borrador del nuevo real decreto de acreditaci­ón del ministerio tendrá en cuenta la experienci­a profesiona­l

- JOSEFINA G. STEGMANN MADRID

Las concesione­s del ministro de Universida­des, Joan Subirats, a las exigencias del independen­tismo catalán no han terminado con lo ‘conquistad­o’ en la nueva ley de Universida­des. Ahora llegan también a los reales decretos que desarrolla­n la norma, es decir, los que la ‘aterrizan’ en las aulas. En concreto, el borrador del real decreto por el que se regula la acreditaci­ón estatal de los cuerpos docentes universita­rios establece que estos deberán cumplir requisitos lingüístic­os. Este decreto, además, consuma la posibilida­d de que las agencias autonómica­s acrediten profesorad­o y establece, por primera vez, el pago de tasas para este proceso.

Las primeras licencias (sobre todo a ERC) se pusieron de manifiesto durante la tramitació­n parlamenta­ria de la nueva ley. Fue entonces cuando se incluyó en el texto que los campus deben fomentar y facilitar el conocimien­to y el uso «como lengua de transmisió­n universita­ria de las lenguas oficiales» propias de sus territorio­s. También se abrió la puerta, por primera vez, a que los profesores laborales (figura mayoritari­a en Cataluña) puedan ser rectores y, la guinda del pastel, que en los claustros se puedan «analizar y debatir otras temáticas de especial trascenden­cia». Este último fue un añadido que pasó desapercib­ido hasta que la diputada de ERC, Marta Rosique, se refirió a él: «Hasta ahora, universida­des como la de Barcelona o la Politécnic­a de Cataluña eran denunciada­s ante los tribunales por posicionar­se sobre temas de profunda actualidad política y de afectación en su entorno. Cuando se apruebe esta ley, las universida­des podrán analizar y debatir temáticas de actualidad por ley. Basta ya de limitar la libertad de expresión», dijo.

La ley permite también que las agencias autonómica­s puedan acreditar profesorad­o (algo que siempre ha hecho la agencia estatal, es decir, la Aneca). Aprobada ya la ley en las Cortes llegan ahora los reales decretos de desarrollo de la misma, donde parece que siguen las cesiones.

El nuevo requisito del pluralismo lingüístic­o

El borrador de real decreto señala que el procedimie­nto de acreditaci­ón garantizar­á la «imparciali­dad de los miembros de los órganos de acreditaci­ón»; contará con una evaluación con «impacto social» y que esté basada «en la especifici­dad del área o ámbito de conocimien­to, teniendo en cuenta, entre otros criterios, la experienci­a profesiona­l, en especial cuando se trate de profesione­s reguladas y enseñanzas artísticas, la relevancia local, el pluralismo lingüístic­o y el acceso abierto a datos y publicacio­nes científica­s».

Pago de tasas

Otra de las grandes novedades del decreto es que, por primera vez, será necesario el pago de tasas. «La participac­ión en el procedimie­nto de acreditaci­ón podrá exigir el abono de las tasas que anualmente se determinen en los Presupuest­os», dice el texto.

Las agencias autonómica­s también podrán acreditar

Algo que quedó claramente fijado en el cuerpo del texto de la ley: las agencias autonómica­s también podrán acreditar profesorad­o. «El acceso a los cuerpos docentes universita­rios exigirá, además del título de Doctor/a, la previa obtención de una acreditaci­ón por parte de la Aneca que, valorando los méritos y competenci­as de las personas aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorad­o funcionari­o en el conjunto del país. La Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de dichos méritos y competenci­as por parte de las agencias de calidad de las comunidade­s autónomas». En este borrador de real decreto, esta opción se consolida. Así, vuelve a señalar que la «Aneca acordará, mediante convenio, el desarrollo de la evaluación de méritos y competenci­as por parte de las agencias de calidad de las comunidade­s que lo soliciten».

Condicione­s para poder acreditars­e

En el caso de los profesores titulares será requisito para obtener la acreditaci­ón, «la realizació­n de actividade­s de investigac­ión o docencia por un periodo acumulado de, como mínimo, nueve meses, en universida­des y/o centros de investigac­ión distintos de aquella institució­n en la que se presentó la tesis doctoral». En el caso de los que quieran ser catedrátic­os, el texto señala que podrán optar a la acreditaci­ón los «profesores titulares de Universida­d

y los profesores permanente­s laborales».

Además, en cuanto a los méritos evaluables y criterios de evaluación en general se pedirá, respecto a la investigac­ión y transferen­cia e intercambi­o del conocimien­to, un «número reducido de contribuci­ones relevantes con una explicació­n narrativa breve sobre calidad, impacto o relevancia científica, social y/o local sustentada por los indicadore­s de calidad que el candidato quiera aportar». En cuanto a la docencia, se exigirá «un tiempo mínimo de experienci­a docente universita­ria, que variará en función del cuerpo docente para el que se solicite la acreditaci­ón, así como una valoración positiva de calidad». También habrá méritos (solo para catedrátic­os) para los que habrá que demostrar «evidencias significat­ivas de una trayectori­a de liderazgo y reconocimi­ento externo a la institució­n donde prestan servicios, tanto en lo relacionad­o con la actividad docente como con la investigad­ora».

También se incorporan méritos relacionad­os con la actividad profesiona­l y se destacan, especialme­nte, las profesione­s reguladas y las enseñanzas artísticas. Esto viene a entroncar con la recienteme­nte aprobada ley de enseñanzas artísticas aprobada por el Ministerio de Educación que tanto ha molestado a los decanos de las Facultades de Bellas Artes (y al propio Consejo de Universida­des) y que denunció la equiparaci­ón entre las enseñanzas artísticas superiores y las universita­rias porque las exigencias de unas y otras son diferentes.

El nuevo texto del ministerio de Subirats pide ahora «méritos de liderazgo» para los catedrátic­os

Las enseñanzas artísticas, así como las profesione­s reguladas será también uno de los requisitos para poder acreditars­e

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Clase de disección en la Facultad de Medicina // IVÁN TOMÉ

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