Absuelto tras matar de un disparo en la cabeza al hombre que le perseguía
▸ El Supremo considera legítima defensa, ya que el fallecido portaba un machete
El Tribunal Supremo ha absuelto de un delito de homicidio a un hombre que mató de un tiro en la cabeza a otro hombre que le perseguía armado con un palo, un hacha y un machete y «actitud agresiva» por «haber invadido sus tierras», al considerar que actuó en legítima defensa.
Los hechos se remontan al 10 de marzo de 2020, cuando el ahora absuelto, entonces de 65 años, y su vecino y amigo Fernando, de 77, salían de cuidar el huerto del segundo. En el camino, cogieron «unos espárragos silvestres en un olivar colindante».
Entonces, un tercer hombre, de 47 años, propietario de una parcela vecina que tenía «algunas diferencias» con el dueño del huerto por el uso del agua, se dirigió a ellos portando un palo de madera de grandes dimensiones, un hacha y «un machete dentro de su funda que llevaba sujetos al cinto».
Ante esta situación, el condenado huyó pero el hombre de 47 años le persiguió «empuñando el palo de madera en actitud agresiva». En un momento dado, el acusado se detuvo en una explanada. El otro le alcanzó, tiró el palo, sacó el hacha y trató de sacar también el machete. El hombre absuelto, «temiendo por su vida o ser gravemente herido», «sacó una pistola que habitualmente llevaba consigo» y disparó a su perseguidor en la cabeza matándolo «de forma instantánea».
Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Granada sentenció al hombre de 65 años a 8 años y 6 meses de cárcel por homicidio y tenencia ilícita de armas.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó este fallo pero volvió a ser recurrido por el encausado ante el Supremo, pidiendo al alto tribunal que considerara el caso como uno de legítima defensa y le absolviera. En Supremo le da la razón y deja claro que el análisis «debe partir del legítimo derecho a la defensa propia o de terceros, ante la existencia de una ilegítima agresión», dejando de lado «una perspectiva ‘ex post’ que tome en cuenta exclusivamente el daño efectivamente producido y el completo abanico de posibilidades defensivas concebibles desde la frialdad y serenidad de ánimo del que ningún riesgo afronta».