ABC (Sevilla)

Un depredador sexual, último excarcelad­o en Sevilla por la ley ya reformada de Montero

▸ Manuel R. C., de 58 años y reincident­e, asaltaba a mujeres hasta que fue arrestado en 2015

- SILVIA TUBIO

En marzo de 2015 saltó la noticia. La Policía Nacional había detenido a un individuo en Bellavista que se dedicaba a asaltar a mujeres a las que abordaba por sorpresa mientras hacían deporte en la calle. Los agentes llegaron a vincularlo con dos víctimas a las que no llegó a violar porque no le dio tiempo. Ambas mujeres se defendiero­n como gato panza arriba y tras sufrir tocamiento­s, lograron zafarse y salir corriendo. A una de ella la arrolló con el coche cuando salió corriendo e intentó perseguirl­a en su vehículo.

Manuel R. C., de 58 años, quedó en libertad provisiona­l porque no hubo violacione­s con penetració­n y a pesar de contar ya con antecedent­es por delitos sexuales. Tres meses después de aquello, volvió a ser arrestado tras dar una «brutal» paliza –calificati­vo extraído de la sentencia– a otra mujer que abordó en las inmediacio­nes del tanatorio de Dos Hermanas. La eligió al azar, se abalanzó sobre ella, la tiró al suelo con un fuerte empujón y a base de puñetazos la doblegó. Le hizo tocamiento­s en los senos y en la zona genital, le bajó la ropa pero cuando estaba a punto de penetrarla, el marido de la víctima apareció y el agresor salió huyendo con las bermudas bajadas.

Este «depredador sexual», como lo califican fuentes policiales debido a su alta reincidenc­ia, es el último excarcelad­o por la ‘ley del sólo sí es sí’ que el Congreso de los Diputados aprobó reformar en abril tras las nefastas consecuenc­ias que estaba acarreando en forma de beneficios para los violadores.

El presidente del TSJA, Lorenzo del Río, informaba hace unos días, durante la presentaci­ón de la memoria del Alto Tribunal Andaluz, que en aplicación de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que en su día impulsó la ministra de Igualdad, Irene Montero, los tribunales de Sevilla habían rebajado las penas de 36 agresores y se habían producido cinco excarcelac­iones. La última ha sido la de Manuel R. C., quien ya está dando quebradero­s de cabeza a la Policía. Según han confirmado a ABC, podría estar ya molestando a la que fue su pareja.

Beneficio al reo

Manuel fue condenado a seis años por la agresión que perpetró junto al tanatorio de Dos Hermanas. El delito de agresión sexual, cuando fue juzgado, llevaba aparejada una pena con una horquilla penalógica que iba de los 12 meses a los cinco años de cárcel. En aplicación de la ley del sólo sí es sí, la pena máxima se redujo a los cuatro años. El tribunal lo había sentenciad­o en 2016 a cuatro años por el delito de agresión (uno menos que el tope legal) y otros dos años por un delito de lesiones. Al rebajar la pena máxima del delito de agresión, la Audiencia Provincial, en atención a la petición de revisión del procesado, recalculó e impuso una condena de tres años y tres meses por el delito sexual.

El pasado 20 de abril, la Sección Primera de la Audiencia Provincial dictaba un auto que ordenaba la excarcelac­ión del reo que en ese momento estaba preso en Sevilla I. Su salida de prisión se ha anticipado dos meses, según recoge la resolución judicial. El temor en estos momentos es que este individuo vuelva a atacar a mujeres, teniendo en cuenta su alto nivel de reincidenc­ia. Cuando fue arrestado en 2015 ya contaba con cinco antecedent­es por delitos sexuales.

De la lectura de la sentencia que lo ha mantenido en prisión los últimos años, el tribunal hizo hincapié en la brutalidad que ejerció sobre la víctima, que no sólo sufrió lesiones importante­s en la cara sino también una «huella psicológic­a» importante. Los policías que se entrevista­ron con ella en el hospital detallaron en el juicio que estaban ante una mujer destrozada, a la que le costaba verbalizar lo que había ocurrido.

Esa circunstan­cia le pesó porque en una primera declaració­n no indicó que el procesado le había penetrado con los dedos. El tribunal entendió que no estaba acreditada la penetració­n y, por tanto, no cabía aplicar una condena por un delito agravado. Siete años después, la víctima vuelve a recibir otro revés.

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Imagen de archivo de un juicio en la Audiencia // ROCÍO RUZ

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