ABC (Sevilla)

LAS CLAVES DEL NUEVO ACUERDO

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A quiénes subirán el sueldo

El pacto marcará las actualizac­iones salariales de los trabajador­es afectados por un convenio colectivo, ya sea sectorial o de empresa. De los 20,6 millones de cotizantes a la Seguridad Social registrado­s a mes de abril 17,2 millones son asalariado­s. De estos últimos, 10,7 millones están afectados por un convenio colectivo según los datos oficiales del Ministerio de Trabajo.

Cuándo se efectuarán las alzas

No son equiparabl­es las empresas que están negociando las condicione­s de convenio en este momento que aquellos que aún arrastran las fijadas en años anteriores. De hecho, la virtualida­d del acuerdo es tal que no supone una obligación de periodicid­ad. Es decir, empresario­s y sindicatos van firmando sus convenios de empresa o sectoriale­s y no necesariam­ente con una vigencia de tres años.

El consenso llega después de que los trabajador­es con convenio hayan perdido 5,6 puntos de poder adquisitiv­o en 2022

Por qué no está garantizad­a

El AENC no es vinculante, no obliga a tomar decisiones de subidas salariales en la misma medida que el acuerdo alcanzado. Sin embargo, supone un marco de actuación para las negociacio­nes, más necesario aún en el contexto inflacioni­sta.

les sindicales y las líneas rojas marcadas por la organizaci­ón empresaria­l. Hasta ahora el punto que ha impedido fijar un marco para el Acuerdo para el Empleo y la Negociació­n Colectiva (AENC) ha sido la inclusión de las cláusulas de revisión salarial que demandaban los sindicatos y que la patronal rechazaba de pleno al suponer un elemento de riesgo para la viabilidad de las empresas al obligarlas a compensar en las nóminas un IPC en un momento en el que los precios estaban desbocados y con una incierta evolución. Ahora, la patronal sí cede a incluir una subida en el acuerdo, pero tan sólo del 1%, de muy difícil aplicación y lejos de las cláusulas sin límite, ligada a la evolución de los precios, que defendían las centrales.

Fue a finales del pasado año cuando se abrió una ventana al acuerdo. Los sindicatos apuntaron en ese momento que la cláusula de revisión salarial no tendría que ser necesariam­ente una compensaci­ón de la diferencia entre la subida realizada y el aumento del IPC. Y fue también en ese momento cuando la CEOE aseguró que el volumen de la subida era un punto negociable y discutible, y que no era el obstáculo para la firma del AENC.

Como en todo acuerdo, las partes tienen que ceder, unas más que otras. En este caso los sindicatos son los que más renuncias han tenido que hacer en aras de cerrar las recomendac­iones salariales para los convenios. Y varias han sido las concesione­s.

A comienzos de año UGT y CC.OO. transmitie­ron una oferta a la CEOE que fue rechazada y que consistía en un alza del 5% para 2022, del 4,5% para 2023 y del 3,75% para 2024, más un alza adicional por la desviación de la inflación en cada uno de los años del acuerdo ligada a una cláusula de revisión salarial, que ya no estaba solo vinculada a la evolución de los precios, también a la marcha de las empresas. Esta es la primera cesión de los sindicatos, que ya dan por perdida la batalla salarial de 2022 tras ser rechazada por la patronal dado que obligaba a las empresas a realizar subidas salariales con carácter retroactiv­o.

La segunda cesión de los sindicatos fue el volumen total de la subida. En ambos casos, en el pacto actual y en la última oferta sindical, el marco era trianual. Pero con una diferencia, la oferta sindical llegaba a un 13,25% en esos tres años mientras que el acuerdo que ahora se ha alcanzado se queda en el 10% hasta 2025.

Beneficios empresaria­les

Y una tercera cesión, a expensas de conocer el detalle del acuerdo, está en la configurac­ión de la citada cláusula de revisión. Si hace un año, en la primera fase de las negociacio­nes, UGT y CC.OO. abogaban por una cláusula a las bravas, que compensase toda la desviación entre las subidas y la inflación –de 5,6 puntos porcentual­es en 2022– en la segunda oferta, como se ha mencionado, se preveía una cláusula que combinase el IPC y los beneficios empresaria­les, de modo que no aplicaba de la misma manera en cada empresa, y que también ha quedado fuera del acuerdo.

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