Los méritos no se valoran igual en cada concurso
La Junta de Andalucía no aplica idéntico sistema de valoración de los méritos en todos los procesos selectivos que convoca para estabilizar plazas ocupadas por interinos. Cada organismo tiene autonomía para aplicar sus criterios. Así, por ejemplo, la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública convocó en 2022 un concurso para estabilizar a personal laboral fijo de los grupos I y II en el que valoraba con hasta 5 puntos la experiencia profesional en la empresa privada en puestos homólogos a los que se ofertan. No lo hace así el Servicio Andaluz de Empleo que, a la hora de asignar los puntos en su concurso de casi 1.300 plazas, sólo computa el trabajo desempeñado para la propia agencia autonómica. Un juzgado ha anulado esta base del proceso porque considera que se prima en exceso a los interinos que ocupan los puestos que se ofertan.
El TSJA niega que los beneficiarios de contratos temporales deban recibir indemnizaciones por el abuso de esta fórmula
Un interino alegaba que lleva trabajando para la Junta desde 1989, por lo que debe ser tan inamovible como un funcionario
teriores emitidas el 26 de septiembre de 2018 sobre esta materia. Considera que «nada impide al legislador, si lo considera oportuno, establecer alguna clase de compensación para situaciones como la aquí examinada».
Por otro lado, los magistrados puntualizan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que el Acuerdo Marco Europeo sobre el trabajo de duración determinada celebrado el 6 de junio de 1997 «no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada», como pretende la recurrente.
El modo de hacer fijos a los interinos es objeto de controversia judicial. Sin ir más lejos, el pasado mes de marzo, el Supremo anunció que iba a preguntarle al Tribunal de Justicia de la Unión Europea cómo se debe aplicar su sentencia reciente en la que instaba a España a hacer fijos a todos los trabajadores con contrato indefinido no fijo, incluidos los miles de interinos de la Junta de Andalucía y de otras administraciones. La Administración ha optado por el método de los concursos de méritos para cumplir estos requerimientos, amparándose para ello en la Ley de Función Pública de Andalucía, que entró en vigor en diciembre.
Indemnización por daños
No es la primera vez que el TSJA entierra la pretensión de un trabajador temporal para convertirse en fijo. El 22 de mayo de 2023 rechazó el recurso presentado por otro interino que pedía excluir la plaza que estaba ocupando del plan de estabilización de empleos temporales que había puesto en marcha la Junta de Andalucía. Este empleado solicitó permanecer en el puesto de trabajo o, subsidiariamente, ser tan inamovible en su trabajo como un funcionario de carrera. La Secretaría General para la Administración Pública, dependiente de la Consejería de la Presidencia, había desestimado su reclamación mediante una resolución emitida el 7 de abril de 2022. Ante la negativa, el afectado planteó un pleito que no ha prosperado.
En su resolución, el tribunal señala que «la demanda no puede ser estimada, ni siquiera la comprobación manifiesta de una utilización abusiva de los sucesivos nombramientos de funcionario interino conduciría a la estimación de la pretensión» del recurrente. Tampoco accede a que la Junta le pa