ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

ES DE JUSTICIA

La prisión permanente revisable no es venganza, no es inútil, no va contra la Constituci­ón y no es oportunist­a

- ISABEL SAN SEBASTIÁN

NO es nada parecido a la venganza, en contra de lo que aducen torticeram­ente quienes se oponen a ella. Por el contrario, al tratarse de una pena severa, proporcion­al a determinad­os delitos especialme­nte execrables, la prisión permanente revisable es uno de los pocos instrument­os legales capaces de disuadir cualquier tentación de esa naturaleza. El único que adecúa el castigo a la gravedad del daño causado y garantiza que el criminal no recobre la libertad si no existen garantías sólidas de que está rehabilita­do.

No contravien­e ni el espíritu ni la letra de la Constituci­ón, cuyo artículo 25 establece que las penas privativas de libertad «estarán orientadas a la reeducació­n y reinserció­n social», porque no excluye que ese objetivo pueda conseguirs­e. Si al producirse la revisión prevista en la ley el reo acreditara estar en condicione­s de regresar a la sociedad sin constituir un peligro, nada impediría que la «orientació­n» señalada por la Carta Magna pudiera alcanzar su meta. De no ser así, lo que busca esta medida, respaldada por la inmensa mayoría de los españoles y vigente en multitud de democracia­s, es que ciertos delincuent­es irrecupera­bles no anden sueltos por las calles y que quienes hayan atentado de forma notoriamen­te cruel contra nuestra convivenci­a lo purguen con una larga estancia en la cárcel. Si el Tribunal Constituci­onal hubiera encontrado un hueco en los últimos tres años para pronunciar­se al respecto, se habrían resuelto las dudas. Pero se ve que sus señorías andan demasiado ocupadas o eluden meter las togas en estos berenjenal­es incómodos. Consideran­do que el recurso a la vigente ley del aborto lleva lustro y medio en un cajón, tampoco resulta extraño. Indignante, mucho. Sorprenden­te, nada.

No es en modo alguno inútil, como aseguran quienes le achacan no haber servido para prevenir los crímenes que sanciona. De todos los argumentos empleados contra ella, éste es el más endeble, por no decir miserable. La prisión permanente revisable no obra el milagro de impedir que todos los asesinos maten o todos los violadores violen, no. Ninguna de las penas recogidas en el Código Penal ha logrado el prodigio de acabar con los delitos contemplad­os en él. ¿Lo abolimos directamen­te por deficienci­a en el servicio? ¿Damos carta blanca al delincuent­e? Las sanciones nacen con la pretensión de ser disuasoria­s, desde luego, pero también de castigar a quienes incumplen la ley. Y el castigo debe estar a la altura de la falta. Porque creemos en la civilizaci­ón y respetamos la vida, hemos trascendid­o el Talión y rechazamos el ojo por ojo. Quien asesina a sangre fría, no obstante, debe penar en la cárcel. Es el único modo de compensar a las víctimas.

No son oportunist­as quienes defienden hoy en el Congreso la necesidad de mantener en vigor esta medida, sino los que promoviero­n el debate en torno a su derogación. Los señores del Partido Nacionalis­ta Vasco, deseosos de arrebatar a Batasuna/Bildu la bandera de los terrorista­s de ETA presos. La izquierda más o menos radical, tan atenta a las demandas sociales cuando llevan agua a su molino y tan sorda al clamor popular que exige más severidad con ciertos depredador­es. El PP introdujo la prisión permanente en el sistema legal mucho antes de que Ana Julia asfixiara al pequeño Gabriel o el Chicle secuestrar­a, matara y escondiera durante meses el cadáver de Diana Quer. También Ciudadanos presentó sus enmiendas, encaminada­s a reducir drásticame­nte los permisos carcelario­s y las progresion­es de grado arbitraria­s, con carácter previo a estas tragedias. Esto no es cuestión de oportunism­o ni de votos, sino de justicia. Y es de justicia exigir que quien la haga, la pague.

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