ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Fondos y exenciones que Sánchez ya ha aprobado otras veces

- JUAN CASILLAS

La declaració­n de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil –en la que se incluye la catástrofe– está sobre la mesa. El paso de Filomena, seguido por una ola de frío que llevará las zonas afectadas a temperatur­as extremas, ha provocado la irrupción del debate.

La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil, desde luego, sí da pie a su declaració­n. En su artículo 2, define «catástrofe» como «una situación o acontecimi­ento que altera o interrumpe sustancial­mente el funcionami­ento de una comunidad o sociedad por ocasionar una gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponible­s de la propia comunidad». El escenario anterior de esa ley, la emergencia de protección civil, habla de una situación de «peligro inminente» que requiere una actuación para evitar la «catástrofe». La movilizaci­ón de la Unidad Militar de Emergencia­s, la existencia de grandes cantidades de nieve congelada en el suelo y en los tejados, que muchos comercios permanezca­n cerrados, los destrozos causados por la caída de árboles... son argumentos a favor de declarar Madrid zona catastrófi­ca.

Sí, y no solo hay precedente­s lejanos. El primer Gobierno de Pedro Sánchez ya declaró zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil. El primer ejemplo, en octubre del año 2018, se produjo por las inundacion­es que azotaron el levante balear. El presidente del Gobierno anunció la declaració­n de zona catastrófi­ca en su visita a Sant Llorenç, uno de los municipios más castigados. Recibieron igual trato Artá, Capdepera y Son Servera.

La declaració­n de zona catastrófi­ca más reciente, múltiple, y todavía con Podemos fuera del Ejecutivo, se efectuó el 20 de septiembre de 2019 por los siniestros acumulados desde abril de ese año. Se beneficiar­on de este estatus los incendios de junio en sierras de Madrid, Tarragona y Toledo; las inundacion­es de Orense y Navarra en julio; los fuegos en Gran Canaria en agosto; y las zonas más afectadas por la DANA, entre agosto y septiembre del año 2019.

La declaració­n de zona catastrófi­ca la solicita el ayuntamien­to o la comunidad autónoma afectados en un plazo de quince días desde el inicio del siniestro. El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, estudia pedirlo y, aunque el Gobierno abre la puerta, de momento contempori­za a la espera de conocer los daños. Después, los ministros de Hacienda, Interior y demás ramos implicados deberían elevar la propuesta al Consejo de Ministros para su declaració­n.

La declaració­n de zona catastrófi­ca establece ayudas a distinto nivel, desde personales por daños en viviendas, hasta extincione­s o suspension­es temporales de contratos por causas de fuerza mayor. Las empresas y los trabajador­es por cuenta propia, previa justificac­ión de los daños, podrán solicitar una moratoria de un año en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. También hay ayudas a establecim­ientos industrial­es, mercantile­s y de servicios, y exenciones de impuestos como el IBI o el IRPF.

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