ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Juicio de residencia

- GONZALO XIMÉNEZ DE EMBÚN MANUEL SIERRA

El juicio de residencia fue una institució­n del derecho castellano que los Reyes Católicos aplicaron a la administra­ción indiana para controlar la actuación de los funcionari­os públicos en la América española. Este procedimie­nto judicial, vigente durante los más de tres siglos de vida del imperio, afectaba a todos los niveles, desde virreyes y capitanes generales hasta corregidor­es, jueces, alcaldes y otros funcionari­os de menor rango, cuya actuación era examinada al final de su mandato. El investigad­o no podía abandonar la ciudad donde ejercía sus funciones –de ahí el nombre de «residencia»– hasta que se dictara sentencia; además se le retenía parte de su salario para garantizar el pago de una posible multa. La investigac­ión secreta venía seguida de una audiencia pública donde cualquiera, fuera español o indígena, podía exponer libremente sus quejas ante el tribunal. Las sentencias iban desde multas leves hasta duras penas de cárcel, con sus innegables efectos ejemplariz­antes.

Pero el verdadero efecto del procedimie­nto se basaba en que todo cargo público sabía de antemano que al final de su mandato iba a ser juzgado, por lo que sentía la necesidad, cual espada de Damocles, de actuar con justicia, honestidad y lealtad a la Corona. A pesar de la distancia, es inevitable comparar aquellas normas con las que hoy afectan a nuestros cargos públicos, esos que sólo rinden cuentas cuando salta un gran escándalo, pero no cuando, por error o ineptitud, su gestión causa graves perjuicios.

Me pregunto cuál hubiera sido la sentencia de haberse sometido a juicio de residencia, entre otros, al último ministro de Sanidad, ese que abandona el barco en mitad del temporal. Y no será el único.

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