ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
Fracasa el intento del Govern de suspender las elecciones
Las elecciones catalanas se celebrarán definitivamente el 14 de febrero. En tiempo récord, sin duda apremiado por las circunstancias, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado definitivamente el decreto con el que, por la crisis sanitaria, la Generalitat pretendía suspender los comicios que ella misma había convocado. Y el Govern, pese a volver a tirar ayer del manido argumentario de la supuesta persecución judicial al secesionismo –tildaron el fallo de «despropósito» y acusaron al TSJC de «imponer» la fecha–, no moverá ficha para intentar desplazar los comicios y promete poner todas las medidas para un 14-F «seguro».
Aunque la sala contenciosa del TSJC no dará a conocer hasta el lunes los detalles de la sentencia, ya ayer adelantó el sentido de la misma tras sentarse a deliberar sobre las demandas presentadas por un particular y varias formaciones extraparlamentarias,que pedían derogar el decreto de la Generalitat para suspender el 14-F. Y, no sabemos todavía si en los razonamientos, pero sí desde luego en sus conclusiones, el TSJC se ha mostrado de acuerdo con la Fiscalía, que había alertado en su informe remitodo al tribunal de la «anormalidad jurídica» que supondría retrasar la fecha, con la incógnita de si se podrían acabar celebrando el 30 de mayo, como quería el Govern.
Pese a la esperada pataleta de la Generalitat, acusando falsamente al tribunal de «imponer» la fecha electoral, lo cierto es que nada de cierto tiene esa afirmación. El tribunal, ya en el auto con el que la semana suspendía cautelarmente el decreto de la Generalitat a la espera de la sentencia definitiva, dejaba claro que no estaba obligando a votar el 14-F. La cuestión sería bien distinta: si la Generalitat infringió la normativa electoral al suspender las elecciones que ella misma convocó en diciembre.
Lo recalcaba también la Fiscalía en el informe que presentó al TSJC. La disyuntiva no basculaba en «imponer» o no una fecha, ni tan si quiera en determinar si la grave situación sanitaria por el coronavirus justificaría un aplazamiento. El debate es otro: si el ordenamiento jurídico vigente permite aplazar unas elecciones autonómicas ya convocadas, y, en su caso, en qué supuestos, mediante qué procedimiento, y con qué garantías podría hacerse.
El Ministerio Público lo tiene claro. Ni el Estatuto de autonomía catalán ni la LOREG contemplan « la posibilidad de suspender ni aplazar unas elecciones catalanas». Y advertía, además, del «más que previsible riesgo de inseguridad jurídica» que supondría suspender el 14-F «por un tiempo indeterminado».