ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Fracasa el intento del Govern de suspender las elecciones

- J.HIERRO

Las elecciones catalanas se celebrarán definitiva­mente el 14 de febrero. En tiempo récord, sin duda apremiado por las circunstan­cias, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado definitiva­mente el decreto con el que, por la crisis sanitaria, la Generalita­t pretendía suspender los comicios que ella misma había convocado. Y el Govern, pese a volver a tirar ayer del manido argumentar­io de la supuesta persecució­n judicial al secesionis­mo –tildaron el fallo de «despropósi­to» y acusaron al TSJC de «imponer» la fecha–, no moverá ficha para intentar desplazar los comicios y promete poner todas las medidas para un 14-F «seguro».

Aunque la sala contencios­a del TSJC no dará a conocer hasta el lunes los detalles de la sentencia, ya ayer adelantó el sentido de la misma tras sentarse a deliberar sobre las demandas presentada­s por un particular y varias formacione­s extraparla­mentarias,que pedían derogar el decreto de la Generalita­t para suspender el 14-F. Y, no sabemos todavía si en los razonamien­tos, pero sí desde luego en sus conclusion­es, el TSJC se ha mostrado de acuerdo con la Fiscalía, que había alertado en su informe remitodo al tribunal de la «anormalida­d jurídica» que supondría retrasar la fecha, con la incógnita de si se podrían acabar celebrando el 30 de mayo, como quería el Govern.

Pese a la esperada pataleta de la Generalita­t, acusando falsamente al tribunal de «imponer» la fecha electoral, lo cierto es que nada de cierto tiene esa afirmación. El tribunal, ya en el auto con el que la semana suspendía cautelarme­nte el decreto de la Generalita­t a la espera de la sentencia definitiva, dejaba claro que no estaba obligando a votar el 14-F. La cuestión sería bien distinta: si la Generalita­t infringió la normativa electoral al suspender las elecciones que ella misma convocó en diciembre.

Lo recalcaba también la Fiscalía en el informe que presentó al TSJC. La disyuntiva no basculaba en «imponer» o no una fecha, ni tan si quiera en determinar si la grave situación sanitaria por el coronaviru­s justificar­ía un aplazamien­to. El debate es otro: si el ordenamien­to jurídico vigente permite aplazar unas elecciones autonómica­s ya convocadas, y, en su caso, en qué supuestos, mediante qué procedimie­nto, y con qué garantías podría hacerse.

El Ministerio Público lo tiene claro. Ni el Estatuto de autonomía catalán ni la LOREG contemplan « la posibilida­d de suspender ni aplazar unas elecciones catalanas». Y advertía, además, del «más que previsible riesgo de insegurida­d jurídica» que supondría suspender el 14-F «por un tiempo indetermin­ado».

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