ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
Castilla y León responde al Supremo con un cierre comercial a las 20 horas
El alto tribunal suspende el toque de queda por vulnerar la libertad de circulación
Los castellano-leoneses pueden desde ayer volver a sus casas dos horas más tarde que durante el último mes, aunque sea para pasear y poco más. El Tribunal Supremo decidió finalmente suspender el adelanto del toque de queda a las ocho de la tarde que se había animado a decretar el Gobierno de esta Comunidad como su solución (ninguna otra se animó a hacerlo) frente al brutal repunte de la tercera ola. La Justicia da así la razón al recurso presentado por la Abogacía del Estado, aunque sin entrar en el fondo del asunto. Sin embargo, la reacción del Ejecutivo autonómico no se hizo esperar. Apenas unas horas más tarde de conocer la decisión de los jueces, contestaba con el cierre a las 20.00 horas para la hostelería y todos los comercios no esenciales.
Fue el propio presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, el que compareció. Primero para mostrar el lógico acatamiento a la decisión judicial, pero inmediatamente después para insistir en que la medida paralizada ha sido «fundamental» para frenar los contagios y para que a día de hoy Castilla y León esté registrando un «descenso vertiginoso» de los positivos. Sin hacer autocrítica ni mostrarse arrepentido, hizo hincapié es en que es un «presidente responsable» y que la medida se implantó apoyada por informes jurídicos, pero también epidemiológicos.
Poco dijo de los contundentes argumentos del Alto Tribuna, que dejó claro que con el decreto de estado de alarma vigente solo se permitía a las regiones adelantar el toque de queda hasta las 22.00 horas y en que la libertad de circulación es un derecho fundamental que se había cercenado.
Por el contrario, Mañueco no sólo valoró la eficacia de la medida ahora tumbada, sino que agradeció el «respaldo social» de la ciudadanía a una decisión controvertida que, según dijo, los propios magistrados reconocen como compleja desde el punto de vista jurídico. Y es que, en el apartado que se refiere a las costas, el auto recoge que «no procede hacer imposición» de las mismas «a ninguna de las partes, habida cuenta de las características de la controversia y la dificultad jurídica que implica».
Antes de que buena parte de la oposición –PSOE, Vox y Unión del Pueblo Leonés– coincidiera en pedir su dimisión, dijo que «la sensación que tengo es la de haber cumplido con mi deber para proteger la vida de las personas».
«Horas fijadas»
Frente a la alegación del Gobierno autonómico sobre el «interés general» perseguido con su actuación, el Supremo recalca que «tan sólo en los términos de la declaración del estado de alarma, y precisamente en esa norma, puedan limitarse determinados derechos fundamentales». Por este motivo, concluye que «todo el alcance» de la restricción «debe estar expresamente previsto» frente a las tesis de la Junta, que sostenía en su recurso que se puede «agravar más allá». Recuerda al respecto que los límites máximos y mínimos dentro de los que las autoridades delegadas –Fernández Mañueco lo es– pueden adelantar y atrasar las «horas» del toque de queda «están delimitados con toda precisión, debiendo situarse entre las 22,00 y las 00,00 horas el de inicio, y entre las 5,00 horas y las 7,00 horas el de finalización». Un horario «claro y preciso» que hace que la interpretación de Castilla y León, «esté muy lejos de ser evidente».
Frente a la protección a la vida y la salud alegada por la comunidad, señala que justo porque «la situación sanitaria lo exige, se han limitado determinados derechos fundamentales» y considera, en este sentido, que el presidente de la Junta «no ostenta, con la suficiente nitidez, la competencia necesaria». Defiende al respecto el Supremo que no se trata de decidir «si las medidas adoptadas son insuficientes», por lo que «este debate está desenfocado».
También recoge el auto que las propias alegaciones de la Junta «ponen de manifiesto que se ha optado por esta restricción antes que otras medidas disponibles, entre las que menciona el adelanto del horario de cierre de establecimientos de actividades no esenciales que nada impedía haber utilizado».