ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
El informe del Parlamento Europeo propone levantar la inmunidad de Puigdemont
En plena negociación tras el 14-F, el Grupo Socialista no quiere adelantar su postura
El informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos ( JURI) del Parlamento Europeo propondrá aceptar los suplicatorios cursados por el Tribunal Supremo y levantar la inmunidad del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, según ha podido saber ABC. Si sale adelante la propuesta, se podrá seguir cursando la orden de entrega a España por parte de las autoridades belgas, un procedimiento que llevaba paralizado más de un año.
Según las fuentes consultadas, el ponente del informe que tiene que votar el Parlamento Europeo dará luz verde a ese suplicatorio. Considera que los hechos por los que el prófugo de la justicia fue procesado en rebeldía son anteriores a su condición de eurodiputado, pues se remontan a 2017, dos años antes de las elecciones europeas y, además, no están vinculados al ejercicio de su condición de parlamentario.
El ponente, el búlgaro Angel Dzhambazki, argumentará así que son las autoridades de los Estados miembros las que deben decidir sobre la idoneidad de los procedimientos judiciales y que no corresponde al Parlamento Europeo cuestionar los sistemas judiciales de los países miembros. En este sentido es la Sala Segunda del Supremo, la que juzgó a los hoy presos del ‘procés’, la autoridad competente para solicitar la suspensión de la inmunidad de un diputado al Parlamento Europeo. Fue esta Sala la que el 10 de enero de 2020 remitió el suplicatorio para que se suspendiera la inmunidad del expresidente de la Generalitat y las de los también huidos y europarlamentarios Toni Comin y Clara Ponsati.
Sin privilegios
Siempre según las mismas fuentes, en la propuesta que se someterá primero a la votación de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la próxima semana, se señalará que la causa por la que Puigdemont está procesado en rebeldía (sedición y malversación de caudales públicos) no se refiere a opiniones o votos emitidos en el ejercicio de sus funciones, por lo que no puede acogerse al Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de la UE al que su defensa apela. Aludirá también a que esos hechos guardan relación con su anterior responsabilidad como presidente de la Generalitat y no con su condición de eurodiputado. A ello se suma que no se aprecia que haya ningún elemento que apunte a que el procedimiento judicial abierto en España pretenda dañar la actividad política del diputado y, por extensión, del Parlamento Europeo.
En su propuesta el ponente sopesará también el hecho de que, junto a Puigdemont, haya otras personas que se encuentran en una situación similar y que han sido también procesadas y condenadas por estos delitos. Y recordará que no es preciso presentar un suplicatorio de suspensión de la inmunidad en aquellos supuestos en los que se accede a la condición de parlamentario cuando está pendiente la celebración de un juicio oral previamente abierto ni cuando el diputado en cuestión acceda al cargo después de su procesamiento, como ha sido el caso.
La documentación que se ha examinado en esta Comisión, y en la que se apoyará el ponente, es muy numerosa: el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, el acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo, las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que avalaron la condición de eurodiputados de Puigdemont, Comin y Ponsati, y el acuerdo de la Junta Electoral Central españo