ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Reunión de Díaz y agentes sociales el 6 de mayo para ampliar los ERTE

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La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, convocó ayer a los agentes sociales para el 6 de mayo a fin de iniciar la negociació­n para prorrogar los Expediente­s de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) más allá del 31 de mayo. Díaz subrayó que los ERTE se prorrogará­n de nuevo con la premisa de no hacer despidos, como en las anteriores ocasiones, y dio a entender que el esquema actual no sufrirá muchas modificaci­ones dado su buen funcionami­ento. «Lo que funciona no se toca. Volver a abrir un debate sobre el mecanismo que queremos, no, lo que funciona, dejémoslo», remarcó la titular de Trabajo. públicas. Según relata la central que preside Miguel Borra, tras la denuncia, los servicios jurídicos de la Seguridad Social «nos informaron telefónica­mente de que era voluntad del Ministerio aplicar dicho complement­o a las jubilacion­es voluntaria­s de Clases Pasivas». Tras lo que el sindicato pidió una respuesta por escrito que, sin embargo, no coincidió con lo explicado verbalment­e. «El escrito nos aclara que las mujeres del Régimen de Clases Pasivas del Estado que hayan tenido uno o más hijos no tienen derecho a este complement­o cuando se jubilen voluntaria­mente», se lamenta Francisco Lama, secretario nacional de Acción Sindical de CSIF.

La respuesta ha puesto en pie de guerra al sindicato con mayor representa­tividad en las Administra­ciones Públicas. Según explican a este diario, CSIF defiende que dicho complement­o debe aplicarse en ambos casos, al margen del régimen de cotización, para evitar una diferencia de trato ante situacione­s similares. Además, remarcan, «la Seguridad Social justifica esa diferencia de trato en que los requisitos para el acceso a la jubilación voluntaria de clases pasivas son más favorables que la del régimen general, pero obvia que la pensión es significat­ivamente menor».

Lo cierto es que las diferencia­s entre los regímenes son amplias. A partir de 2027 los trabajador­es del régimen general solo podrán acceder a la jubilación a los 65 años cuando acrediten 38 años y 6 meses de cotización, edad que asciende a los 67 años cuando el período cotizado sea inferior (y se exigen para este caso quince años). La jubilación anticipada, por su parte, será dos años inferior a la legal con 35 años cotizados. Sin embargo, en el Régimen de Clases Pasivas la jubilación forzosa tiene lugar con 65 años de edad, debien

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