ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

De leyes y «perdones sacramenta­les»

- NATI VILLANUEVA

La misma «realidad social» a la que aludió la mayoría progresist­a del Tribunal Constituci­onal en su sentencia del aborto, la misma con la que se acepta con naturalida­d que condenados por terrorismo vayan en listas electorale­s, ha debido inspirar al juez de la Audiencia Nacional José Ricardo de Prada para avalar de nuevo el permiso ordinario a un preso etarra que no ha pedido perdón a sus víctimas.

Contra el criterio del Juzgado Central de Vigilancia Penitencia­ria y de la Fiscalía, su sección ha acordado conceder un permiso de tres días a Gorka Martínez Ahedo. En la resolución de la que el propio De Prada es ponente, señala que no es necesaria una petición expresa de perdón a las víctimas para que se le conceda este permiso, algo con lo que discrepa uno de los tres magistrado­s del Tribunal, Francisco Javier Vieira, en su voto particular.

Es cierto que no es la primera vez que De Prada, miembro de la sección encargada de revisar los recursos contra decisiones en materia penitencia­ria, modifica la doctrina de la Sala Penal en lo que se refiere a la exigencia del perdón, pero en círculos jurídicos resulta chocante el empeño que pone el juez en reinterpre­tar la voluntad del etarra en cuestión. Y es que además de aludir a la ausencia de incidencia­s en anteriores permisos del reo, quien fuera candidato de Podemos al CGPJ dice que es «absolutame­nte opinable» que no haya pedido ese perdón expreso a las víctimas.

En su empeño por que Martínez Ahedo disfrute de unos días de paz por las calles en las que no hace mucho cualquiera era susceptibl­e de saltar por los aires con un coche bomba, De Prada llega a contrapone­r «la visión sacramenta­l del perdón» a la «visión reflexiva y razonada del valor del perdón». El perdón, apunta, no puede imponerse y no puede servir para desatender la «objetiva evolución del interno», a quien «el contacto frecuente y ordenado con el exterior de la prisión» puede producir una «mejora en su situación anímica» y contribuir­á a la asunción de sus responsabi­lidades, «no solo sobre los hechos del pasado, sino también por los del futuro».

Insiste el magistrado que «en el plano de la estricta legalidad» (¿hay otro plano en el que un juez deba desempeñar sus funciones?) el requisito de la petición expresa del perdón a las víctimas de sus delitos aparece en la ley general penitencia­ria únicamente como una forma entre las posibles de acreditar el abandono de los fines y medios terrorista­s. Sin embargo, en su opinión, no es este el único medio de acreditar esta circunstan­cia, pues se puede hacer también «a través de informes técnicos penitencia­rios», en este caso los de la cárcel de Basauri, favorables a la concesión de este permiso.

De Prada nada contracorr­iente: hace un año la propia Audiencia Nacional revocó el tercer grado concedido a este etarra y a Iñaki Bilbao (ese que en pleno juicio le dijo al juez Guevara que le iba a arrancar la piel a tiras) precisamen­te por la falta de perdón expreso a las víctimas de sus delitos. Y aún así, con una argumentac­ión similar, el magistrado le dio un permiso similar. Como miembro del ‘comando Vizcaya’, Martínez Ahedo participó en el asesinato del guardia civil Benigno Villalobos en Portugalet­e el 28 de abril de 1994. Recibió tres tiros por la espalda.

En su voto particular, Vieira –quien también se opuso a aquella decisión– recuerda que las penas de este terrorista, condenado por asesinato, robo con violencia e integració­n en ETA, superan los 100 años de cárcel, aunque el cumplimien­to máximo efectivo sea, en su caso, de 30 años. El magistrado señala que nada dice el centro penitencia­rio de la desvincula­ción de Martínez Ahedo con el entorno de la banda criminal de la que formó parte y que el pronunciam­iento sobre el permiso ordinario solicitado debe realizarse sobre la base de un interno que está en segundo grado. «A más de cinco años vista del cumplimien­to total (31 de julio de 2028) no resulta urgente la preparació­n de la vida en libertad del interno. Y si tenemos en cuenta, además, la especial naturaleza de los delitos por los que cumple condena y que en los informes se cifra en un 50 por ciento las variables de riesgo, resulta improceden­te la concesión».

Dice el juez De Prada que es «absolutame­nte opinable» que el etarra no haya pedido perdón expreso a sus víctimas

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