ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

REFORMA DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADOR­ES El empleado con una incapacida­d podrá seguir trabajando si lo decide

Se eliminará la extinción automática del contrato en casos de gran invalidez, incapacida­d permanente total o absoluta La empresa tendrá que ‘ajustar’ el puesto del trabajador a su situación o le ofrecerá otra vacante y ambos seguirán cotizando

- SUSANA ALCELAY MADRID

El Ministerio de Trabajo ha remitido una propuesta de anteproyec­to de ley al diálogo social que modifica el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajador­es para eliminar el supuesto de despido automático en el caso de una declaració­n de i ncapacidad en cualquiera de sus grados, permanente absoluta o total o gran invalidez. La extinción automática del contrato quedaría sólo para el caso de ‘muerte de la persona trabajador­a’ una vez que se apruebe el texto legal.

En estos momentos, cuando se produce una declaració­n de incapacida­d no es preciso que el empresario valore si es posible o no acometer los ajustes necesarios para que el trabajador pueda seguir en la empresa. Con la nueva redacción de la norma, no habrá despido si el trabajador decide continuar y siempre que «solicite que se realicen los ajustes razonables en su puesto que le permitan continuar desempeñán­dolo». Si esta opción no fuera factible para el empresario, por «constituir una carga excesiva», este deberá ofrecer al empleado «el cambio a otro puesto de trabajo vacante compatible con su nueva situación», según se refleja en la norma a la que ha tenido acceso ABC.

¿Qué se entiende por carga excesiva? El legislador en este caso apunta que para determinar­la se tendrá en cuenta «si puede ser paliada en grado suficiente mediante medidas, ayudas o subvencion­es públicas para personas con discapacid­ad, así como los costes financiero­s y de otro tipo que los ajustes impliquen, en relación con el tamaño y el volumen de negocios de la empresa».

El Ministerio de Trabajo argumenta que con esta reforma del Estatuto de los Trabajador­es «se pretende garantizar, de una manera eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacid­ad que establece la Constituci­ón», además de ajustar la legislació­n a la jurisprude­ncia del Tribunal de Justicia de la Unión

Europea. Este, en sentencia del pasado 18 de enero, señaló que las leyes españolas incumplían la norma europea cuando permite a la empresa extinguir el contrato de un persona declarada en situación de incapacida­d sin estar obligada a valorar la posibilida­d de acometer «ajustes razonables». Hoy, la Seguridad Social paga casi un millón de pensiones de incapacida­d.

Dos pájaros de un tiro

Con la modificaci­ón del Estatuto el Gobierno mata dos pájaros de un tiro. Por un lado, cumple el mandato de la Justicia europea y, por otro, logra más ingresos para l a Seguridad Social, dado que el empleado con una incapacida­d que continúe trabajando también seguirá pagando cotizacion­es a la Seguridad Social, igual que el empresario. Por este motivo, la memoria económica del anteproyec­to asegura que la norma tendrá efectos positivos sobre la economía y que, además, no tendrá ningún coste para la Administra­ción.

Buscar ingresos para el organismo que paga las pensiones ha sido desesperad­o desde que gobierna Pedro Sánchez. La reforma de pensiones se enfocó sólo hacia los ingresos y la subida de cotizacion­es a empresario­s y trabajador­es ha sido una constante. Durante este año, la combinació­n de aumento de las bases máximas de cotización, el alza de la base mínima por la actualizac­ión del SMI y el recargo sobre el mecanismo de equidad intergener­acional supondrán un incremento superior a los 7.000 millones de euros.

Una inyección para el sistema, que tiene una deuda superior a los 100.000 millones y un déficit contributi­vo equivalent­e al 1,9% del PIB (más de 26.000 millones de euros), según un reciente estudio de la Fundación BBVA y el Instituto Valenciano de Investigac­iones Económicas (IVIE), en el que se aseguraba que la Seguridad social necesitarí­a 6,4 millones de afiliados más en el año 2050 para eliminar ese déficit.

CLAVES Adaptar el puesto El Gobierno eliminará la supresión automática del contrato de trabajo que ahora determina el Estatuto de los Trabajador­es en su artículo 49.1. Si el empleado lo decide, el empresario deberá adaptar su puesto a la nueva situación o, en caso contrario, o cambiarle a otro. 943.561 Es el número de pensiones de incapacida­d permanente que abona la Seguridad Social. Más cotizacion­es El trabajador que tenga declarada una incapacida­d permanente total o absoluta o una gran invalidez y decida seguir trabajando continuará pagando cotizacion­es sociales, al igual que el empresario. Un balón de oxígeno para las maltrechas finanzas de la Seguridad Social.

Los cambios de Díaz

La modificaci­ón legal del Estatuto que persigue el Gobierno se suma a otras muchas que se han acometido ya durante las últimas legislatur­as por la vicepresid­enta segunda y ministra, Yolanda Díaz. Como ya informó ABC, ésta ha modificado el marco laboral hasta en 25 ocasiones sin contar con el diálogo social, bien tras pactos con sus socios de Gobierno o bien dando el visto bueno a normas que acometiero­n los distintos ministerio­s, lo que ha hecho saltar las alarmas entre los empresario­s, sobre los que recae el mayor peso de las modificaci­ones legales que se han llevado a cabo.

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// EP Yolanda Díaz y Elma Saiz, ministra de Seguridad Social

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