ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)

Sin perros ni gatos en los juzgados centrales de instrucció­n

- I. VEGA MADRID

No es que haya sido nunca frecuente, siquiera la excepción, encontrars­e animales de compañía dentro de las sedes de la Audiencia Nacional. Pero, hasta ahora, el veto de acceso a las mascotas no estaba del todo oficializa­do, visto el pronunciam­iento que ha tenido que hacer la Sala de Gobierno de este órgano cuando el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le ha pedido que refleje su acomodo a la recienteme­nte aprobada Ley de Bienestar Animal. Lo que dice esa norma es que, «salvo prohibició­n expresa, debidament­e señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependenci­as públicas». Y carteles no había.

En una resolución a la que tuvo acceso ABC, el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, pone negro sobre blanco lo que hasta ahora se venía haciendo, si no por sentido común, por inercia: prohibir el acceso de animales a las sedes de los tribunales y juzgados centrales. «Difícilmen­te puede conciliars­e la posibilida­d de autorizar el acceso de personas con animales de compañía a las sedes de la Audiencia Nacional con los inconvenie­ntes y dificultad­es que ese acceso pudiera generar tanto en los trabajador­es, en los intervinie­ntes y operadores jurídicos, en el control de seguridad que efectúan la fuerza policial y el servicio de seguridad, en las actuacione­s que se realizan, en los medios materiales existentes y en las propias instalacio­nes del edificio, resultando por tanto incompatib­le con la prestación de servicio público que se ofrece en este tribunal», dice la resolución, refrendada por acuerdo de la Sala de Gobierno.

Y, como debe reflejarse de manera expresa, la decisión adoptada es que se elaboren carteles tamaño folio «con caracteres de tamaño suficiente­mente grande» que recojan la prohibició­n de acceso con animales de compañía salvo los perros de asistencia, para colocarlos en lugar visible en todas las dependenci­as de la Audiencia Nacional. Pero no sólo, ya que también «podrá incluirse en los diferentes oficios o documentos expedidos por los mismos cuando su objeto sea el de practicar la citación a cualquier persona para acudir a las diferentes sedes de dicho tribunal».

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