ABC (Toledo / Castilla-La Mancha)
El Banco de España se abre a poner tope al tipo de interés de los créditos al consumo
Pide «reflexionar» sobre los límites que han impuesto otros países como Portugal
El crédito al consumo y las tarjetas de crédito son uno de los segmentos de negocio de la banca que más litigiosidad generan. Principalmente, por el elevado tipo de interés que se aplica al cliente en esas operaciones, alcanzando lo que se conoce como usura en muchos casos. En este sentido, el Banco de España se abre a estudiar una posibilidad que aclararía cuándo un préstamo se debe considerar usurario: establecer el coste máximo de estos créditos para el cliente, poner tope al interés que pueden cobrar los prestamistas.
La directora general de Supervisión, Mercedes Olano, fue la que pidió «reflexionar» sobre esta posibilidad, pensando también en las soluciones que han adoptado otros países. Es habitual encontrarse, como denuncian las asociaciones de consumidores, con tipos de interés, especialmente en tarjetas de crédito y microcréditos rápidos, que, acumulados, resultan en cifras de hasta el 3.000%. Por ponerlo en contexto, en febrero, último mes con datos, las tarjetas de crédito y ‘revolving’ tuvieron un tipo de interés medio del 18,31%, y el crédito al consumo al uso, del 7,81%.
La directiva del Banco de España, en el Foro Banca Consumer Axactor, recordó «los altos tipos de interés que se aplican a algunos de los productos de consumo (de entidades reguladas y no reguladas) y que, en ocasiones son considerados por los tribunales de justicia como usurarios». Destacó que «quizás habría que reflexionar sobre lo que han hecho otras jurisdicciones como Portugal, que ha puesto fin a la inseguridad jurídica con la publicación trimestral de las TAE máximas a aplicar en los distintos productos de crédito al consumo».
El objetivo perseguido sería acabar con la inseguridad jurídica en este caso, que acaba generando una elevada litigiosidad entre cliente y bancos, por la falta de criterios claros a los que atenerse. Olano puso de manifiesto que el Tribunal Supremo ha avanzado en la clarificación de conceptos en su jurisprudencia, a la hora de establecer lo que es usurario o no, pero el asunto continúa generando controversia.
En España se está actualmente a lo que dicta una ley de usura de hace más de 100 años que dice que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquel leonino». El concepto de «notablemente superior» es lo que han tenido que desarrollar los tribunales, cambiando de criterio en varias ocasiones el Supremo. Finalmente, el Alto Tribunal, en un caso de tarjetas ‘revolving’, que son las que más se reclaman, actualizó su jurisprudencia en 2023 para señalar que el interés es notablemente superior si la diferencia entre el tipo medio de mercado y el pactado supera los seis puntos porcentuales.
Sin embargo, esta solución, que debe
En porcentaje, datos a diciembre de cada año
Interés de las tarjetas de crédito verse caso por caso, no parece suficiente ni para el Banco de España ni para las asociaciones de consumidores, que reclaman, entre otras cosas, límites a los intereses. «Nosotros somos partidarios de establecer un marco de certidumbre para el consumidor y los operadores que conduzca al control del sobreendeudamiento. Y no sólo con relación a los límites en los tipos de interés sino también que permita distinguir a los operadores del mercado que llevan a cabo buenas prácticas de los que no», indican fuentes de Asufin.
Desde la OCU, por su parte, piden al Gobierno también fijar por ley unos tipos de interés máximos. «Francia, Italia y Portugal, entre otros países europeos, ya tiene regulados por ley desde hace años unos límites máximos a los tipos de interés», recuerdan.
Legislación europea
Lo cierto es que Europa ha querido entrar en este asunto con la directiva de créditos al consumo, aprobada hace escasos meses pero que no deberá aplicarse hasta finales de 2026. «La fijación de límites máximos (...) es una práctica habitual en varios Estados miembros. Este sistema ha demostrado ser beneficioso para proteger a los consumido
Interés del crédito al consumo
LAS CLAVES Directiva europea Europa, en una directiva, pide a los países acabar con los abusos en los tipos de interés que se aplican a los consumidores, dando la posibilidad de establecer topes máximos. Situación actual Los altos tipos de interés, de hasta el 3.000% en algunos casos, que se han llegado a ver en tarjetas de crédito y microcréditos rápidos han generado una alta litigiosidad de clientes contra bancos y prestamistas. El Supremo ha acotado, en parte, lo que se considera usura, pero Banco de España y asociaciones de consumidores piden legislar.
res», recoge el texto. Así las cosas, la directiva dice que «los Estados miembros introducirán medidas para prevenir eficazmente los abusos y garantizar que no se pueda imponer a los consumidores unos tipos deudores, tasas anuales equivalentes o costes totales de crédito excesivamente elevados para el consumidor, tales como límites máximos». Se recoge esa posibilidad, pero dando margen a los países, con lo que estará en manos del legislador nacional.