AS (Aragon)

El TS pregunta si cobrar a las radios es constituci­onal

Plantea al TC la reclamació­n formulada por LaLiga

- AS / MADRID

Ley Podría ir en contra del derecho de la propiedad y libertad de empresa

El Tribunal Supremo ha preguntado al Constituci­onal si el libre acceso de las emisoras de radio a los estadios de fútbol para retransmit­ir los partidos y otros acontecimi­entos deportivos, sin pago de los derechos, es constituci­onal o si va en contra del derecho de la propiedad y la libertad de empresa.

En concreto, lo que el Supremo ha planteado al Constituci­onal es si el precepto de la Ley General de Comunicaci­ón Audiovisua­l que priva a los clubes de fútbol de la posibilida­d de explotació­n comercial de los partidos con las radios, al igual que sucede con las cadenas de televisión, es contrario a la libertad constituci­onal de empresa.

Con esta petición, el alto tribunal accede así a una reclamació­n de LaLiga, patronal de los clubes de fútbol en España, que defendió que el artículo 19.4 de la Ley General de Comunicaci­ón Audiovisua­l “elimina y suprime el contenido esencial” de los derechos “ocasionand­o la correspond­iente pérdida integral de la utilidad económica de los derechos de retransmis­ión radiofónic­a y, por lo tanto, su posibilida­d de comerciali­zación”.

La cuestión ante el Tribunal Constituci­onal se plantea obedeciend­o a la iniciativa de LaLiga, que persigue poder explotar los partidos con las radios en condicione­s similares a las que lleva con las television­es. Se engloba en el marco de un recurso de la patronal del fútbol contra una sentencia de la Audiencia Nacional que elevaba a 100 euros la compensaci­ón económica que debían abonar las radios a los clubes, después de que la Comisión del Mercado de las Comunicaci­ones la fijara en 85 euros por estadio, partido y operador.

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LALIGA. La patronal de los clubes de fútbol en España .

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