Alexis, sin sanción porque el árbitro no reflejó su acción como una agresión
Eso imposibilitó al Juez Único intervenir para poder enjuiciar
Extrañó que Alexis, expulsado en el amistoso Athletic-Alavés jugado en Barakaldo hace una semana por insultar al árbitro, al que agarró por la cara tras ver la roja, pudiera jugar el viernes con su equipo en Leganés en el estreno de LaLiga. Antes, los jugadores cumplían en partido oficial sanciones que derivaran de encuentros amistosos. En esta ocasión no ha sido así porque el acta del árbitro Palencia Caballero habla de “desprecio” al colegiado y no de agresión. Y eso imposibilita al Juez Único a actuar, según establece el artículo
131 del Código Disciplinario, que habla de agresiones en los partidos amistosos, informa Ramón Fuentes, en iusport.
Éste señala que, sobre las infracciones cometidas en partidos amistosos, el citado artículo deja claro que las “competencias corresponderán a los órganos disciplinarios de la Federación de ámbito autonómico en cuya jurisdicción se haya celebrado el partido”. Y añade que se exceptúan “las faltas consistentes en agresión al árbitro principal, asistentes y cuarto, que serán enjuiciadas por el órgano de competición que corresponda, sean clubes nacionales o no”. El árbitro reflejó en el acta así la expulsión: “Por dirigirse a mí, mostrando actitud agresiva y en reiteradas ocasiones, en los siguientes términos: ¡Eres un puto sinvergüenza, hijo de puta! Una vez expulsado se encaró a escasos centímetros de mí, gritándome en tono amenazante... justo después me agarró fuertemente de la cara en actitud de desprecio”.
Solo en el caso de que el árbitro hubiera hablado de agresión en el acta habría podido intervenir el Juez Único, acogiéndose al artículo 131, y podría haber sancionado a Alexis aplicando el 99, que habla de agresiones a los árbitros; le habría supuesto una sanción entre “tres y seis meses” dado que no ocasionó consecuencia dañina, según iusport.