Favorecer a la RFEF y al en la Ley del Deporte
Está condicionado por Rubiales y Florentino ● Peligra la OTT de LaLiga
que entiende que es de su exclusiva competencia.
Otro choque con Tebas, que propició la emisión de partidos en abierto de la Primera femenina a través de GOL y anunció en 2016 la llegada de Iberdrola como patrocinador con una inyección de cuatro millones de euros. Los partidos de la Liga Iberdrola se pueden ver, además, en la OTT (plataforma multicanal para teléfonos, tabletas y smart TV) de LaLigaSports, que también tiene los derechos por cinco años de la de balonmano (Asobal), fútbol sala (LNFS) y baloncesto LEB, además de las de hockey, voleibol, waterpolo... y otras disciplinas que ahora se quedarían sin ventana.
El Real Madrid, que no tiene equipo femenino ni más sección polideportiva que el baloncesto ACB, se ha manifestado en asambleas de LaLiga en contra de que la OTT se hiciera con los derechos de otros deportes.
Además, también se incluyó, para evitar tentaciones, el punto ‘m’ al artículo 112.2, que Ayer, en el COE, las federaciones volvieron a reunirse durante más de cuatro horas para tratar punto por punto la Ley del Deporte y el mensaje de los implicados, tras este segundo encuentro, fue el mismo: “No debe salir adelante”. Cinco fueron los presidentes que se vieron: Revuelta (Hípica), Blázquez (Balonmano), Iglesias (Lucha), Cerrón (Ciclismo) y Rioja (Esgrima). Del resto, acudieron asesores jurídicos y por parte de la RFEF repitió Andreu Camps. tipifica como “infracción muy grave” la “adquisición, explotación o comercialización de los derechos económicos de otras competiciones”. Los presidentes federativos y también de las ligas profesionales se exponen a la inhabilitación.
El tercer artículo con miga, y que ha provocado la ira de Javier Tebas, es el 100 (antes 106), que tiene que ver con la explotación de patrocinios. El Real Madrid es el único equipo en la Asamblea de LaLiga que defiende que los derechos económicos son exclusivos de los clubes y LaLiga no puede explotarlos comercialmente.
Por ello, ha interpuesto 15 demandas contra el organismo de Tebas pidiendo a los jueces la suspensión cautelar de los acuerdos (hasta ahora ninguno le ha dado la razón). Llevándolo a un terreno práctico, el artículo 100, que prevé que la explotación se haga “en función de los acuerdos que se alcancen con los propietarios de los acuerdos salvo que la legislación vigente disponga otra cosa”, impediría que, por ejemplo, el Madrid figurara en una promoción conjunta (cromos, videojuegos...) de un producto de LaLiga.
Los cambios que habría provocado el fútbol mantienen, mientras tanto, en vilo al resto.
Madrid Ha puesto quince demandas a LaLiga por derechos económicos
SEGUNDA SESIÓN DE TRABAJO EN EL COE