La Audiencia Nacional también tumba al Elche
La magistrada, inflexible ante el recurso del descenso
El Elche tampoco gana en los despachos. La magistrada Eva María Alfageme tumbó el recurso presentado por el Club y por los jugadores Aarón, Albacar, José Ángel, Cristian Herrera, Álvaro, Charlie y Pelayo contra la decisión de La Liga de descender administrativamente al Elche en julio de 2015. La entidad reclamaba la recuperación de su plaza en Primera y una indemnización de 61.019.123’38 euros más los intereses legales. La mejor noticia, a la vista de la resolución de la sentencia, es que no hay condena en costas.
Alfageme invalidó los seis puntos expuestos por el Elche, validando la postura de la patronal de clubes. Sobre la falta de competencia de La Liga para sancionar a entidades por deudas con la Agencia Tributaria, la autoridad judicial responde que un equipo deudor estará en ventaja frente a otro que no lo es “pues dispondrá del dinero no abonado para fichar a profesionales de primer nivel”. “Es evidente que su capacidad competitiva va a ser aumentada y eso supone una desigualdad injusta”, añadió. Acerca de la posible vulneración de los principios de legalidad y tipicidad de los Estatutos de La Liga, sentencia que el organismo presidido por Javier Tebas “sí tiene potestad para sancionar la conducta del Elche CF”.
Uno de los argumentos de la defensa ilicitana es que el Club estaba al día con Hacienda antes de agotar la vía administrativa y conocer la sentencia del TAD. Sin embargo, la magistrada aclaró que los hechos juzgados corresponden al curso 2014-15 (el último en Primera División) por lo que la decisión “no se consumó el 31 de julio”. En cuanto al principio de igualdad que reclamaba el Elche CF dada la posibilidad de que otros equipos tampoco tuvieran el certificado positivo de Hacienda para iniciar el ejercicio deportivo, la sentencia aclara que la decisión viene derivada por la “especial gravedad de la cuantía adeudada, por el prolongado espacio de tiempo y por la reincidencia”. “Las pruebas de que otros clubes estaban en la misma situación fueron negadas por la letrada de La Liga y carecen de soporte probatorio, por lo que el principio de igualdad no es admisible esgrimirlo para amparar la impunidad (del incumplimiento del pago)”, argumentó la jueza.
Frente a estos argumentos, el Elche tiene un plazo de 15 días para poder recurrir. El Consejo decidirá aunque la sentencia advierte que para hacerlo se debería constituir el preceptivo depósito económico.
Sentencia Invalidan los seis puntos expuestos por el club, sin condena en costas