El Madrid pierde el caso de Cheryshev en los tribunales
La juez le condena a pagar las costas en relación al TAD
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 desestimó el recurso presentado por el Madrid contra la resolución del TAD (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) tras la eliminación del equipo de la Copa la pasada temporada por la alineación indebida de su jugador Cheryshev. La juez Emilia Peraile, de esta forma, reafirma las resoluciones del Comité de Competición y de Apelación de la Federación Española. Tras la del TAD, que también les quitaba la razón, el Madrid había recurrido a la justicia ordinaria. En el auto de la juez al que ha tenido acceso este periódico, consta que el Madrid exigió daños y perjuicios al TAD por no permitírsele jugar el partido de vuelta (pedía la recaudación del choque, que se establecería en función del promedio de la registrada en la misma ronda en las dos temporadas anteriores) y por habérsele causado “un daño moral (reputacional) derivado del contenido de una resolución injusta”.
El Madrid alegaba que la sanción “nunca le fue notificada al jugador” directamente, que “estaba prescrita” y decía acreditar “la irracionalidad de la resolución recurrida”. Escuchados los argumentos, la juez Peraile falló desestimar el recurso interpuesto por el club (pues por lo que se alega “sería imposible la ejecución de la mayoría de las sanciones”), y le condenó al pago de las costas del juicio en relación al TAD.
Sentencia “Sería imposible la ejecución de la mayoría de las sanciones”