Juicio Estatutos: el Supremo sólo da la razón en parte a los socios que los demandaron
Así, siguen los 20 años y el preaval
Según informó Noticiasjuridicas.com, el Tribunal Supremo ha estimado sólo en parte el recurso de casación interpuesto por un grupo de 15 socios del Madrid y ha declarado la nulidad del acuerdo por el que se modificó el artículo 40.d) de los Estatutos. Este grupo de socios había demandado el cambio de Estatutos promovido por Florentino y que fue aprobado en Asamblea en 2012, que endurecía los requisitos para ser candidato a la presidencia hasta hacer casi imposible que nadie más que Florentino se presente.
El Supremo sólo ha estimado el recurso de los demandantes (a los que se les había quitado la razón en primera y segunda instancia) en el punto C, que se refiere a la potestad que se daba a la Junta Electoral a “exigir la información adicional necesaria (a las candidaturas presentadas) para garantizar que en ningún caso, el aval haya sido concedido sobre patrimonio ajeno al de las personas que componen la candidatura (…)”. No dice nada el Supremo, sin embargo, de las dos cuestiones fundamentales, los cambios en los puntos B y C de los Estatutos, por los que se aumentaba a 20 años la antigüedad como socio del candidato para poder presentarse y se obligaba a presentar el preaval del 15% del presupuesto “con patrimonio personal, y exclusivamente personal”, de la junta directiva. Por otro lado, se obliga a que el aval sea “concedido por una entidad registrada en el Registro de Entidades del Banco de España”.
Concesión La Junta Electoral no podrá pedir información adicional de los avales