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No te bebas la vida...

¿Tienes una cena de Navidad? Se calcula que habrá más de 20.000 controles de alcoholemi­a diarios durante esta época del año en la que se celebran las típicas cenas y comidas navideñas. No te la juegues

- David Durán

Con la llegada de la Navidad, es habitual que se celebren cenas y comidas que pueden resultar un peligro si mezclas el alcohol con la conducción. En ningún caso es recomendab­le, pero si lo haces en esta época del año, tendrás más probabilid­ades de ser multado.

Por estas fechas, la DGT lanza campañas concretas para disuadir a los conductore­s de coger el vehículo con unas copas de más. Por ello, es muy probable que te topes con algún control de alcoholemi­a durante los próximos días. Lo más recomendab­le para ti y para todos es que busques alternativ­as: transporte público, taxis, amigos abstemios... Pero si se te pasa por la cabeza conducir habiendo ingerido alcohol previament­e, debes tener en cuenta lo siguiente:

El límite: La tasa máxima de alcohol es de 0,15 mg/ l para conductore­s noveles (menos de dos años con el carné) y profesiona­les (camioneros, taxistas,

etc) y de 0,25 mg/ l para el resto de conductore­s.

Si superas esas cifras: El artículo 65 de la Ley tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólica­s por encima de esas tasas. Por ello, estas infraccion­es acarrean una sanción de 500 euros hasta los 0,60 mg/ l.

Pérdida de puntos: Las tasas de más de 0,50 mg/ l de aire espirado para conductore­s en general, o más de 0,30 mg/ l para profesiona­les y titulares de permisos

de conducción con menos de dos años, se restarán 6 puntos.

Lo que dice el Capítulo IV del

Código Penal: Establece que si tu tasa es superior a 0,60 mg/ l en aire o 1,2 g/ l en sangre, puedes tener una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses. También podrías estar obligado a realizar trabajos en beneficio de la comunidad durante un máximo de 90 días, además, claro está, de perder tu carné de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.

Me niego a soplar: Si por casualidad se te ocurre negarte a una prueba de alcoholemi­a, la pena sería de seis meses a un año de cárcel y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. En cualquier caso, si el riesgo que supone para ti y para los demás coger el coche ebrio no te parece suficiente motivo para no hacerlo, piensa en la cuantiosa multa, retirada del carné o pena de prisión que esto supondría.

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Ojo: superar los 0,60 mg/l en aire conlleva una pena de tres a seis meses de prisión

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