PREGUNTAS CON RESPUESTA
¿ES COMPATIBLE CON OTRAS SUBVENCIONES? Sí, pero sólo con ayudas, ingresos o recursos otorgados por la Unión Europea; eso sí, la suma de los importes no podrá ser superior al coste de adquisición del vehículo. Es imcompatlble con otras ayudas de las CC. AA. o de Entidades Locales.
SI REALIZO UN RENTING O LEASING. ¿PUEDO BENEFICIARME? Sí, también se aplica a la adquisición por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting. En estos casos, el beneficiario de la ayuda será el arrendatario del contrato, no la empresa propietaria del vehículo.
¿QUÉ PASA SI DEBO DINERO A ALGÚN ORGANISMO GUBERNAMENTAL? Es necesario que el solicitante de las ayudas se encuentre al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Esto se acreditará mediante una declaración responsable en el momento de realizar la solicitud de la subvención. En caso de que la ayuda o ayudas solicitadas supere los 3.000e, deberá acreditarse el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social mediante un certificado.
¿HAY QUE ACHATARRAR OTRO VEHÍCULO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS? Depende. Si el vehículo adquirido es de la categoría M1 -para transporte de pasajeros y que no contenga más de 8 asientos además de la butaca del conductoro N1 -vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo que no exceda 3,5 toneladas- no es obligatorio, aunque si se hace se obtiene una ayuda adicional estatal de 750e. Ha de estar matriculado en España con anterioridad al 1 de enero de 2007 en el caso de la categoría M1, y con anterioridad al 1 de enero de 2010 en la N1.
¿PUEDO PEDIR MÁS DE UNA SUBVENCIÓN? No, al menos a tu nombre, ya que una persona física o autonómo sólo tiene derecho a beneficiarse de una única ayuda.