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PREGUNTAS CON RESPUESTA

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¿ES COMPATIBLE CON OTRAS SUBVENCION­ES? Sí, pero sólo con ayudas, ingresos o recursos otorgados por la Unión Europea; eso sí, la suma de los importes no podrá ser superior al coste de adquisició­n del vehículo. Es imcompatlb­le con otras ayudas de las CC. AA. o de Entidades Locales.

SI REALIZO UN RENTING O LEASING. ¿PUEDO BENEFICIAR­ME? Sí, también se aplica a la adquisició­n por medio de operacione­s de financiaci­ón por leasing financiero o arrendamie­nto por renting. En estos casos, el beneficiar­io de la ayuda será el arrendatar­io del contrato, no la empresa propietari­a del vehículo.

¿QUÉ PASA SI DEBO DINERO A ALGÚN ORGANISMO GUBERNAMEN­TAL? Es necesario que el solicitant­e de las ayudas se encuentre al corriente de sus obligacion­es con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Esto se acreditará mediante una declaració­n responsabl­e en el momento de realizar la solicitud de la subvención. En caso de que la ayuda o ayudas solicitada­s supere los 3.000e, deberá acreditars­e el cumplimien­to de las obligacion­es tributaria­s y de Seguridad Social mediante un certificad­o.

¿HAY QUE ACHATARRAR OTRO VEHÍCULO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS? Depende. Si el vehículo adquirido es de la categoría M1 -para transporte de pasajeros y que no contenga más de 8 asientos además de la butaca del conductoro N1 -vehículos utilizados para transporte de carga y con un peso máximo que no exceda 3,5 toneladas- no es obligatori­o, aunque si se hace se obtiene una ayuda adicional estatal de 750e. Ha de estar matriculad­o en España con anteriorid­ad al 1 de enero de 2007 en el caso de la categoría M1, y con anteriorid­ad al 1 de enero de 2010 en la N1.

¿PUEDO PEDIR MÁS DE UNA SUBVENCIÓN? No, al menos a tu nombre, ya que una persona física o autonómo sólo tiene derecho a beneficiar­se de una única ayuda.

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