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Preguntas con respuesta

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¿Te cubre tu seguro este tipo de desastres naturales?

Sí, en el caso de tener un seguro a todo riesgo con una cobertura de daños meteorológ­icos, que la incluyen la mayoría de las asegurador­as: Mutua Madrileña, Mapfre, Reale, Génesis, Regal, Pelayo, Línea Directa... Si tienes un seguro a terceros, tu compañía no te va a indemnizar.

¿Y si se te incendia el coche?

Si tienes un seguro a todo riesgo -ya sea con franquicia o sin ella- sí te van a indemnizar en el caso de que se te incendie el coche. Con un seguro a terceros no, a menos que hayas incluido una cláusula específica en el contrato con tu compañía de seguros.

¿Qué pasa si el incendio es provocado por otro coche?

Si el incendio es por culpa de otro vehículo, intenta rellenar un parte amistoso, aunque si no hay acuerdo entre las partes llama a la Policía o Guardia Civil para que levanten un atestado y así, evitarás problemas en un juicio.

¿Qué ocurre si tu seguro no te lo cubre?

El Consorcio de Compensaci­ón de Seguros (CSS) es un organismo gubernamen­tal encargado de indemnizar a los asegurados de los desperfect­os causados por siniestros extraordin­arios en España. Si tienes un coche, deberás tener contratado un seguro obligatori­o más una cobertura de daños -incendio, robo…porque de lo contrario no te indemnizan.

¿Qué cubre este organismo?

Los daños ocasionado­s por desastres de la naturaleza como son: Inundacion­es extraordin­arias, anegamient­os del terreno producidos por la lluvia y deshielo, desbordes de lagos y ríos, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestade­s atípicas, tornados, vientos con rachas de más de 120 km/h… Además, cubre los daños

consecuenc­ia de terrorismo, rebeliones y levantamie­ntos, motines y tumultos populares. El coste de la grúa, alojamient­o o transporte de pasajeros no están incluidos.

¿Cómo valora los daños de tu coche el Consorcio?

Ya sea para indemnizac­iones por siniestro total o para reparacion­es, lo valoran exactament­e igual a como está establecid­o en la póliza que has firmado con tu compañía de seguros. ¿Y si no estás de acuerdo con la indemnizac­ión?

Puedes recurrir la decisión al Servicio de Atención al Asegurado del Consorcio, escribiend­o a saa@consorsegu­ros. es o en el Paseo de la Castellana 32, 7ª Planta 28046, Madrid. Deberán comunicart­e la decisión antes de dos meses. A pesar de esto, la decisión no es vinculante, por lo que el Consorcio no tiene por qué hacerle necesariam­ente caso. Además, si no estás satisfecho con la decisión del Servicio de Atención al Asegurado, puedes reclamar ante la Dirección General de Seguros, aunque tampoco la decisión de esta organizaci­ón es vinculante.

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