Ojo, ningún mecánico a domicilio es legal…
ya que esa figura no está regulada por el Real Decreto 1457/86, sobre la actividad de reparación; ni por su actualización mediante el Real Decreto 465/2010. En estos documentos sólo se contempla “el taller como instalación física y la asistencia en carretera siempre respaldada por un taller”, señalan desde CONEPA. Esta asociación ha insistido al Gobierno en varias ocasiones para que la figura del mecánico a domicilio -actualmente, en una zona gris en lo que a la Ley se refiere-, “o se prohíba o se regule”, pero explican que “si se regula, deberá tener los mismos deberes que los talleres físicos legales”: esto es, obligación de ofrecer factura y garantía, de realizar un correcto reciclaje de residuos, de estar al día con Hacienda y la Seguridad Social...