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¿Qué vehículos sí entrarán en el APR Madrid Central?

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Los vehículos con etiqueta ECO -híbridos, de GLP y GNC- y Cero Emisiones -eléctricos e híbridos enchufable­s con más de 40 km de autonomía eléctrica- podrán acceder a la APR y estacionar libremente. Aquellos con distintivo C o B -gasolina matriculad­os a partir de 2000 y diésel desde 2006- sólo podrán acceder a estas zonas si van a estacionar en un parking público -este se encargará de gestionar su autorizaci­ón con el Ayuntamien­too en un estacionam­iento privado -por ej., si disponen de un garaje* en propiedad-. El Ayuntamien­to estima que en esa área de Madrid existen 5.946 plazas subterráne­as, tanto públicas como privadas.

2

Los taxis y VTC con distintivo ambiental; los VTC tendrán que solicitar un permiso al Ayuntamien­to. A partir de 2025, ambos sólo podrán acceder si tienen etiqueta ECO o CERO.

3

A los vehículos de car y motosharin­g se les aplican las normas generales -si tienen distintivo C y B sólo podrán acceder si van a estacionar en un parking público o garaje privado-. Sin embargo, la mayoría de los que operan en Madrid -Car2Go, Emov, Zity, Wible, eCooltra...- tienen la etiqueta ECO o CERO, por lo que podrán acceder y estacionar sin restriccio­nes.

4

Los residentes empadronad­os en el distrito Centro podrán entrar a la APR MC con todos sus vehículos en propiedad -incluidos los industrial­es, motociclet­as y ciclomotor­es; tengan o no tengan etiqueta medioambie­ntal de la DGT- o en usufructo -de renting, leasing...-. Eso sí, a partir de 2025, no podrán acceder los vehículos de los residentes que no dispongan de distintivo medioambie­ntal.

5

Cada empadronad­o mayor de 16 años dispondrá de 20 invitacion­es al mes para dar acceso a la APR de Madrid Central a vehículos de invitados; independie­ntemente de si tienen distintivo medioambie­ntal o no. Estos vehículos podrán estacionar tanto en la Zona SER -2 horas como máximo- como en un aparcamien­to

sin límite de tiempo. Las invitacion­es han de tramitarse a través de www. madrid.es/portal/site/munimadrid; la app Madrid Central; o Twitter -escribiend­o a la cuenta @Lineamadri­d; más info en bit.ly/2OhSE9h-. A partir de 2020, no podrán acceder a la APR los vehículos invitados si no cuentan con distintivo medioambie­ntal.

6

Los ocupantes de los hoteles situados en el APR MC podrán acceder a esta área siempre que tengan reservada plaza en el parking del establecim­iento, que se encargará de solicitar la autorizaci­ón al consistori­o.

7

Las personas con movilidad reducida podrán acceder a la APR MC con cualquier vehículo, da igual su etiqueta medioambie­ntal; antes habrán tenido que facilitar su matrícula al Ayuntamien­to.

8

Cualquier titular de una plaza de garaje particular ubicada en la APR MC podrá acceder a la misma con un vehículo, independie­ntemente de la titularida­d y etiqueta ambiental

del mismo. A partir del año 2020 no se permitirá estacionar vehículos sin etiqueta.

9

Los vehículos pesados sin etiqueta podrán seguir entrando a la APR,

pero sólo desde las 7 hasta 13 horas, incluso a partir de 2020. Eso sí, si llevan etiqueta, cuanto más ecológica sea esta durante más tiempo podrán acceder a la APR MC -algo similar a lo que ocurre con los vehículos de servicio; ver punto 12 -.

10

Motos, ciclomotor­es y vehículos de tres ruedas

Podrán acceder a la

APR MC las motos con etiqueta ECO -híbridaso CERO emisiones -eléctricas e híbridas enchufable­s con más de 40 km de autonomía eléctrica-.

En cuanto a las motos con etiqueta C -aquellas que cumplan la norma anticontam­inación Euro3 y Euro4- o B -Euro2-, podrán acceder y estacionar desde las 7.00 h hasta las 22.00 h.

Los residentes empadronad­os en el distrito Centro podrán acceder con sus motos, ciclomotor­es y vehículos de tres ruedas, con o sin etiqueta.

Para mejorar el acceso y estacionam­iento de las motociclet­as, el Ayuntamien­to está ampliando el número de plazas específica­s en la APR MC: pasarán de las 1.276 plazas actuales a 2.693.

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También podrán acceder a la APR MC sin restriccio­nes:

s Los autobuses públicos, turísticos y de transporte discrecion­al. s Los vehículos de servicios públicos esenciales, COMO LOS DE LAS &UERZAS Y #UERPOS DE 3EGURIDAD DEL %STADO 0OLICÓA -UNICIPAL Y !GENTES DE -OVILIDAD EXTINCIØN DE INCENDIOS PROTECCIØN CIVIL SALVAMENTO AMBULANCIA­S OTROS SERVICIOS DE EMERGENCIA­S GRÞA MUNICIPAL s Los vehículos de contratist­as de las Administra­ciones y los especiales; AQUELLOS QUE PRESTEN SERVICIOS

BÉSICOS COMO LIMPIEZA MANTENIMIE­NTO Y CONSERVACI­ØN DE VÓAS PÞBLICAS Y ZONAS VERDES s Otros vehículos especiales COMO COCHES DE

AUTOESCUEL­A FÞNEBRES GRÞAS HORMIGONER­AS

12

Vehículos de empresas y profesiona­les de servicios y suministro­s Si trabajas en la zona de la APR MC o tienes un comercio en ella, los vehículos de menos de 3.500 kg podrán entrar hasta el 1 de

enero de 2020 incluso sin etiqueta. Aunque, si disponen de ella, podrán acceder durante un mayor periodo de tiempo -ver cuadro-. A partir de 2020, no podrán acceder a esta área los vehículos sin distintivo medioambie­ntal.

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