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¿Hasta qué punto puede pedirte la documentac­ión del coche la Policía Local?

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■ EL OTRO DÍA, estaba hablando por teléfono dentro de mi coche, que estaba correctame­nte aparcado en una plaza azul de la zona SER -y con el ticket puesto-, y se me acercó un agente de la Policía Municipal de Madrid y me requirió la documentac­ión del vehículo, el seguro del mismo y el justifican­te de que había superado la ITV... ¿Pueden hacerlo aunque no esté circulando? GONZALO MARTÍN (MADRID)

RESPUESTA DE ANA MARÍA AMADOR, DEL DPTO. JURÍDICO DE CEA: La Ley determina la competenci­a y jurisdicci­ón de la Policía Municipal y esta, al ser la autoridad encargada de la vigilancia del tráfico, tiene potestad para solicitart­e que te identifiqu­es y hasta podría registrar legalmente tu coche. No en vano, estos agentes pueden establecer controles para proceder a la identifica­ción de las personas que transiten o se encuentren en la vía pública, al registro de los vehículos y al control superficia­l de los efectos personales -en búsqueda, por ej., de armas blancas-.

En concreto, las funciones de la Policía Municipal de Madrid -desde donde nos escribes-, viene regulada por el artículo 11 de la Ley 1/2018,

de 22 de febrero, de Coordinaci­ón de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Entre otras, comprenden el “efectuar las diligencia­s de prevención y cuantas actuacione­s tiendan a evitar la comisión de actos delictivos o su comprobaci­ón”, como se señala en el punto h del citado artículo.

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