LAS NORMAS DE CIRCULACIÓN PARA LAS BICIS
La Ley de Tráfico contiene un reglamento para el tránsito de bicicletas por la vía pública. Te explicamos algunos de los puntos más importantes…
AUTOPISTAS, NO Pueden circular por todas las carreteras excepto por autopistas. Podrán circular en autovías siempre por el arcen y sólo si son mayores de 14 años. A LA DERECHA
Si el arcén de la carretera es transitable y lo suficientemente ancho debes circular por él; si no, podrás emplear la calzada.
EN FILA
Pueden circular en paralelo como máximo dos ciclistas, siempre y cuando no obstaculicen al resto, no haya mucho tráfico, la carretera tenga arcén y las condiciones climatológicas sean buenas.
1,5 METROS
Esta distancia no es sólo exclusiva de los vehículos. Los ciclistas son uno más y por ello deberán guardar dicha distancia para adelantar a otros automóviles pero no así a otros ciclistas.
A LA VELOCIDAD INDICADA
La norma establece que el ciclista tiene que respetar los límites de velocidad fijados para cada vía, nunca rebasando los 45 kilómetros/hora, que es la máxima a la que pueden circular las bicicletas.
EL CASCO
Están obligados a llevar uno homologado cuando circulen por vías interurbanas. En ciudad, si eres mayor de 16 años, puedes ahorrártelo –aunque no te lo aconsejamos–.
HAZTE VER
Además de llevar la bici correctamente iluminada –luz de posición blanca delantera, luz roja trasera y un catadióptrico rojo en la parte trasera que no sea triangular–, ponte ropa reflectante, evitando las prendas oscuras.