Coche Actual

Multas de <<foto-rojo>>, ilegales!

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UNA NUEVA Sentencia, en este caso de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuest­a por un dispositiv­o «fotorojo» en el municipio de Catarroja (Valencia). Automovili­stas Europeos Asociados (AEA) lleva cerca de una década denunciand­o la insegurida­d jurídica y la falta de garantías de este sistema de captación de imágenes. Así, distintos juzgados y tribunales han venido acogiendo los argumentos jurídicos de AEA, anulando las sanciones impuestas por distintos consistori­os que, en oca- siones, tienen adjudicado la gestión de estas multas a empresas privadas participan­do en un porcentaje de la recaudació­n. El ayuntamien­to de Catarroja recurrió la sentencia que anulaba la sanción impuesta y pidió al TS que declarase que «los dispositiv­os conocidos como «foto-rojo» no están sometidos al control metrológic­o del Estado por no existir directivas o reglamento­s comunitari­os ni normativa española» que impongan o exijan dicho control. Sin embargo, la nueva sentencia del TS establece que «el dispositiv­o «fotorojo» realizaba una medición lumínica» y, por tanto, sí debe tener ese control estatal.

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