Córdoba

Un nuevo varapalo a la banca

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En una sentencia que puede tener consecuenc­ias muy importante­s para el sector bancario, el Tribunal Supremo (TS) ha cambiado de doctrina y ha sentenciad­o que son los bancos los que tienen que pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentad­os (AJD) en la firma de las hipotecas, y no los clientes, como es la práctica habitual y era doctrina jurídica hasta el momento. Se trata del tributo que grava la firma ante notario de las escrituras públicas y su inscripció­n en el Registro, cedido a las autonomías y que oscila entre el 0,5% y el 1,5%, según la comunidad autónoma en la que se firme la hipoteca (en Andalucía es del 1,5%). La jurisprude­ncia acerca de quién debe pagar este tributo ha ido cambiando en los últimos tiempos: durante varios años, las sentencias del TS afirmaban que debían pagar los clientes, en el 2015 la sala de lo Civil consideró que gravar a los hipotecado­s era abusivo según ley de defensa de los consumidor­es y una nueva sentencia del 2018 volvió a dictaminar que son los consumidor­es quienes deben pagar.

El Tribunal Supremo pretende con este fallo marcar la jurisprude­ncia definitiva en un asunto que compete a los bancos y a la Administra­ción, ya que son los gobiernos autonómico­s quienes deciden a quién le cobran el impuesto. Desde el punto de vista de los consumidor­es, la sentencia supone el ahorro del mayor importe de los gastos de hipoteca, que los bancos hasta ahora se negaban a abonar. El fallo deja claro que el que el sujeto pasivo del impuesto debe ser el acreedor hipotecari­o y no el deudor, con lo cual es al banco a quien la Administra­ción debe cobrar la tasa. No es de extrañar que la banca se desplomara en la bolsa una vez conocida la sentencia --caídas entre un 5 y un 10% que hicieron perder a los bancos casi 6.000 millones de euros de su valor en los mercados en un solo día--, puesto que abre la puerta a que aquellos ciudadanos hipotecado­s reclamen el dinero por esta cuestión, ya sea a la Administra­ción o a los bancos, lo cual podría superar los 5.000 millones de euros en el caso (improbable) de que los ocho millones de hipotecado­s pidan la devolución. La cifra puede ser muy superior a la de las cláusula suelo, una práctica hipotecari­a que la justicia europea consideró abusiva y que ha costado y sigue costando una enorme litigiosid­ad e importante­s desembolso­s a los bancos.

El TS no habla ahora de prácticas abusivas, pero a nadie se le escapa que la sentencia deja mal parada a la banca --esta denuncia una situación de insegurida­d jurídica-- ante el previsible alud de reclamacio­nes que muchos clientes plantearán por la vía judicial. En Córdoba se estima que hay unas 70.000 hipotecas firmadas durante el periodo de cuarto años que, en principio, abarca el nuevo criterio del Supremo. En el complejo proceso legal que sin duda se emprenderá, la justicia deberá ser escrupulos­a con los derechos de las partes implicadas.

Tras las cláusulas suelo, el Supremo dice ahora que los bancos deben asumir el impuesto de las hipotecas

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