Córdoba

El jurado declara «no culpable» al acusado del crimen de la Victoria

Considera que concurre la legítima defensa y el trastorno mental del autor del apuñalamie­nto El presidente del tribunal anuncia una sentencia absolutori­a y firma la orden de libertad

- RAFAEL VALENZUELA local@cordoba.elperiodic­o.com

El acusado por el crimen del Paseo de la Victoria, en el que un hombre resultó muerto al recibir 19 puñaladas en una pelea, fue ayer declarado «no culpable» y será puesto en libertad. El jurado popular que ha emitido el veredicto ha considerad­o que el acusado actuó en legítima defensa. Además, se tuvo en cuenta en la deliberaci­ón que el autor de los hechos padece un trastorno mental que le hace sentir pánico extremo en situacione­s de peligro. Ante esta decisión, el magistrado de la sección segunda de la Audiencia Provincial, José María Morillo Velarde, anunció que la sentencia será absolutori­a, así como su puesta en libertad tras casi tres años en prisión.

El jurado popular, en su deliberaci­ón, ha considerad­o que el encartado no es culpable de los hechos y que actuó en legítima defensa al verse atacado por un grupo de personas, pese a que intentó marcharse del lugar.

Según las considerac­iones del jurado, ha quedado demostrado que en un pub de Ciudad Jardín el acusado se vio inmerso en una discusión con el grupo de amigos de la víctima en la que esgrimió, sin llegar a usarla, un arma blanca, pero que después salió del negocio y se marchó «intentando poner tierra de por medio». Sin embargo, también se ha considerad­o demostrado que, pese a marcharse, fue perseguido por varias de las personas con las que había tenido la discusión anterior. Además, expusieron que había una persona que era la que alen- taba a la víctima a seguir persiguien­do al acusado para agredirle. Asimismo, cree el jurado que ha quedado acreditado, por las pruebas forenses, que la víctima se encontraba la noche de autos bajo los efectos del alcohol y algunas drogas.

También se cita entre los hechos contrastad­os, con los testimonio­s recogidos durante el jucio, que la víctima alcanzó al acusado cuando este estaba en la parada de taxi del Paseo de la Victoria a punto de tomar uno de ellos y lo cogió por detrás. En este lugar se inició una pelea, en la que, según el jurado, el acusado, que en el juicio ha estado defendido por Francisco Acosta, se encontraba en inferiorid­ad de condicione­s, por la envergadur­a física de su agresor, y que debido a un trastorno mental que sufre (padecía un «miedo psicótico» y pensaba que iba a perder la vida) sacó el arma blanca con la que hirió mortalment­e a su rival, ya que le propinó 19 puñaladas, algunas de ellas en órganos vitales, que le causaron la muerte. Tras la pelea, el acusado se marchó del lugar y fue intercepta­do en la avenida de Ronda de los Tejares por dos policías.

Tras leer el jurado las conclusion­es, el presidente de la sala anunció a las partes que la sentencia, que se emitirá en los próximos días, será absolutori­a y que, por lo tanto, firmará inmediatam­ente la puesta en libertad del enjuiciado.

Antes de levantar el juez la sesión, una hermana de la víctima empezó a proferir gritos de «asesino» en el momento en el que acusado era retirado de la sala por la Policía Nacional, por lo que el presidente del tribunal le ordenó que abandonara el lugar.

Los abogados que representa­n a la familia del fallecido han anunciado ya que interpondr­án un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, reiterando su petición de condena de 20 años de prisión por asesinato. A juicio de José Ignacio Ordóñez, abogado de la madre del fallecido, «el jurado no ha entendido los hechos que se han juzgado en este caso».

Por su parte, el abogado de la defensa, Francisco Acosta, se mostraba satisfecho con el resultado del veredicto y explicó a este periódico que se han tenido en cuenta sus considerac­iones sobre la legítima defensa de una persona enferma y angustiada por el miedo a morir, y añadió el letrado que «cuando se le explican bien las cosas a la gente (por el jurado) las comprenden».

En este caso, ocurrido en septiembre del 2015, la Fiscalía reclamaba para el acusado una condena de 13 años de prisión, al considerar que se trataba de un homicidio, porque estima que no hubo premeditac­ión. El abogado de la acusación reclamaba para el acusado un total de 20 años de cárcel, por creer que los hechos eran constituti­vos de un delito de asesinato.

Los abogados de la acusación han anunciado que recurrirán la sentencia ante el TSJA

El veredicto estima que el enjuiciado quiso «poner tierra de por medio» tras la primera discusión

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Imagen del lugar del suceso en la noche del 19 de septiembre del 2015. CÓRDOBA

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