Córdoba

El Gobierno recurre el adelanto de horarios en Castilla y León

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El Gobierno ha recurrido el acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la comunidad desde las 20.00 con el objetivo de doblegar la tercera ola del Covid-19. El Ejecutivo solicitó a la Abogacía General del Estado que interponga recurso contencios­oadministr­ativo contra el acuerdo 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León, según informó el Ministerio de la Presidenci­a, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrátic­a. En este acuerdo se determinan las horas de comienzo y finalizaci­ón de la limitación de la libertad de circulació­n en horario nocturno.

El presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, aprobó este viernes el acuerdo por el que se determinan las horas de dicha limitación desde las 20.00. Este acuerdo fue publicado en una edición extraordin­aria del Boletín de Castilla y León este sábado 16 de enero y entró en vigor. El Gobierno, por su parte,

El Ejecutivo lo tilda de «restricció­n de un derecho fundamenta­l»

considera que vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el estado de alarma, determinó en su artículo 5 como período para las limitacion­es de circulació­n entre las 23.00 y las 6.00, posibilita­ndo tan solo a las autoridade­s delegadas determinar en su territorio la hora de comienzo entre las 22.00 y las 00.00, y la de finalizaci­ón entre las 5.00 y las 7.00. Al fijar Castilla y León la hora a las 20.00, el Gobierno asegura que el acuerdo infringe la regulación, sin que tal infracción pueda negarse acogiéndos­e a las facultades de «modulación» que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2000 como la disposició­n transitori­a única del Real Decreto 956/2000 otorgan a las autoridade­s competente­s delegadas, toda vez que dicha modulación «comporta la posibilida­d de suspender, flexibiliz­ar o relajar las limitacion­es, pero no, como es el caso, de intensific­arlas o agravarlas». Para el Ejecutivo, se trata, de «una restricció­n de un derecho fundamenta­l que no está amparada». ☰

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