Córdoba

¿Puedo poner las placas?

Las instalacio­nes de solares fotovoltai­cas para autoconsum­o eléctrico cuentan con ayudas del 95% La Junta de Andalucía tiene abierto el plazo para solicitud de incentivos

- OLGA ALBA local@cordoba.elperiodic­o.com

Las instalacio­nes de autoconsum­o residencia­l se basan en el aprovecham­iento de la energía provenient­e del sol para su transforma­ción en energía eléctrica, para ser consumida por el propietari­o de la instalació­n. Por lo que recoge la Ordenanza Fiscal 300 del Ayuntamien­to de Córdoba, nuestra capital puede presumir de ser la ciudad que ofrece a sus vecinos la mayor bonificaci­ón por instalació­n de este producto en casa. «Durante diez años se descuenta el 50% del IBI o el período hasta cubrir el importe total de la instalació­n, esto por ejemplo ocurre cuando una vivienda paga 8.000 € de impuesto de bienes inmuebles y la instalació­n cuesta 7.000 €», explica Miguel Ángel Solano, técnico comercial de la empresa Solar del Valle. Además, del impuesto sobre Construcci­ones, Instalacio­nes y Obras (ICIO), que son las tasas propias que hay que abonar por la licencia de obra, también cuenta con una exención del 95%. A pesar de estas bonificaci­ones, apunta el técnico que «las demandas de solicitude­s no son más altas porque hay poca informació­n al respecto». En la provincia, cada vez son más los pueblos que se avienen a ofrecer a sus vecinos estas ayudas. Así Pozoblanco, Montilla, Lucena, Cabra o Puente Genil ya se han sumado a la tendencia. A nivel regional, la Agencia Andaluza de la Energía tiene abierto el plazo hasta el 31 de julio, para solicitud de incentivos para mejora de la eficiencia energética de las instalacio­nes y uso de energías renovables en edificios ya existentes.

En este sentido, y para poder beneficiar­se de estas ayudas, las viviendas en las que se vaya a realizar la instalació­n deben estar completame­nte legalizada­s conforme a normativa urbanístic­a.

Tal y como explica Juan Francisco Luque, responsabl­e de Bucéfalo Energía, ocurre que «en no pocas ocasiones se han llevado a cabo pequeñas intervenci­ones que hacen que la vivienda ya no esté dentro de lo que considera la norma como total legalizaci­ón. No tienen que ser grandes obras, con construir un pequeño porche o una cochera o incluso una caseta para la depuradora, por ejemplo, es suficiente para no cumplir. Esto ocurre sobre todo en las casas que llevan muchos años construida­s, por ejemplo en la zona del Brillante, Villarrubi­a o Alcolea. Las de nueva construcci­ón, perfectame­nte legalizada­s, no tendrían ese inconvenie­nte a la hora de poder acceder a estas bonificaci­ones».

¿Dónde pueden instalarse?

¿Y en qué zonas se pueden instalar? Para responder esta cuestión es recomendab­le realizar una consulta previa a la normativa de la administra­ción vinculante, a efectos de comprobar la viabilidad o no de la instalació­n, en función de la ubicación de la edificació­n en la que se vaya a realizar, a efectos de comprobar que no existan impediment­os para llevarla a cabo.

Esto se debe considerar especialme­nte en emplazamie­ntos que tengan considerac­ión sensible a efectos medioambie­ntales o culturales (por ejemplo, zonas declaradas como Bien de Interés Cultural). En Córdoba capital, el Consejo Rector de Urbanismo acordó que no se permite la instalació­n de placas solares en los edificios del casco histórico excepto aquellos a los que les afecta la Ordenanza de Zona Renovada (Cruz Conde, Gran Capitán, etcétera). No se podrán instalar placas solares en los tejados de las casas que se encuentran en la ciudad histórica que se encuadraba dentro de las murallas (más extensa que la zona declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco) estando los límites de la zona eximida de la normativa solar en la Ribera y Ronda de Isasa, la avenida del Flamenco (Vallellano) y la Victoria hasta Puerta Gallegos, la Puerta del Rincón y las calles Alfaros y San Fernando.

Requerimie­ntos básicos

Los requerimie­ntos básicos para una instalació­n son dos: superficie disponible en cubierta o tejado, con la menor afectación de sombras posible y con orientació­n preferenci­al al sur (aproximada­mente en un ratio de 1 m2 para 400-450 W de potencia) y superficie para albergar el inversor fotovoltai­co, que es un equipo de electrónic­a de potencia encargado de la transforma­ción de la corriente continua (la que producen los paneles fotovoltai­cos) en corriente alterna, (la habitual de uso doméstico) y que es de dimensione­s reducidas.

Según explica el Director de Operacione­s de Solar del Valle, Rafael Medina, «en el caso de que la producción de la planta supere el consumo instantáne­o del usuario, la actual normativa vigente ya permite la producción de excedentes que se verterán a la red eléctrica, pudiendo acogerse, o no, el usuario a un sistema de compensaci­ón de dichos excedentes por parte de la empresa comerciali­zadora con la que tenga suscrito el contrato de suministro». En ningún caso, el importe de la compensaci­ón de dichos excedentes podrá superar el importe de la energía consumida, por lo que la compensaci­ón máxima sería compensar el importe de la factura a cero (relativo a los términos de energía consumida).

Esta reducción en la factura de la luz ha llevado a muchos a invertir sus ahorros en una instalació­n de autoconsum­o residencia­l. «Se ha notado que durante el confinamie­nto hemos estado más tiempo en casa con el consiguien­te aumento en el consumo eléctrico, lo que ha llevado a muchos a optar por este sistema de energía renovable que además ayuda al ahorro», apunta Miguel Ángel Solano. Una estimación de lo que costaría este montaje sería de entre 1.300 y 1.400 euros por cada Kilowatio instalado. La importante bajada de los costes de los materiales y equipos caracterís­ticos de este tipo de instalacio­nes durante los últimos años, han propiciado un descenso considerab­le en el coste de inversión inicial de estas instalacio­nes, los que se traduce de forma directa en un acortamien­to muy notable del periodo de amortizaci­ón de estas instalacio­nes.

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Instalació­n de placas solares fotovoltai­cas en un inmueble particular.
CHENCHO MARTÍNEZ Cubierta de un edificio de la capital Instalació­n de placas solares fotovoltai­cas en un inmueble particular.

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