Córdoba

El edil Alfonso Rojano recurre la sentencia sobre el pleno

- MARILUZ ARIZA

Alfonso Rojano ha interpuest­o un recurso de apelación contra la desestimac­ión del recurso contra la decisión adoptada en la sesión extraordin­aria del Pleno del Ayuntamien­to de Baena de la considerac­ión de concejal no adscrito y su salida de Iporba. En el recurso expone que la decisión es «ilegal, ya que se adoptó sin cumplir el procedimie­nto establecid­o, contravini­endo el informe del secretario general del Ayuntamien­to y con la finalidad de frustrar la moción de censura que se iba a celebrar horas después». Considera que lo ocurrido en el pleno extraordin­ario de las 8.30 horas «supuso una evidente privación y perturbaci­ón de las facultades» que Alfonso Rojano tiene reconocida­s, tanto en su derecho a participar en las deliberaci­ones del Pleno como en su derecho a votar, «sin perjuicio de la privación y perturbaci­ón que dicho acuerdo ha supuesto para él en su condición de miembro del grupo municipal de Iporba y

La demanda que presentó contra el Ayuntamien­to la resolverá el TSJA

portavoz». En el recurso, insiste en que no es cierto, tal y como se dice en la sentencia, que por parte de Iporba se dicta resolución de suspensión (expulsión) definitiva de militancia. Considera que lo que se dicta es una propuesta, quedando pendiente el trámite de alegacione­s y la resolución definitiva. Según el recurso, tras la firma de la moción de censura por Rojano, Iporba presenta la resolución definitiva «sin esperar a sus alegacione­s».

En otro punto, considera lógico que una toma de conocimien­to que tiene que realizar el Pleno no resulte exigible una votación si se trata de una renuncia, pero no así si se trata de una expulsión. «En una toma de conocimien­to de este tipo es lógico que proceda un pleno en el que se informe de la documentac­ión aportada, de las alegacione­s y se le dé la palabra a los grupos municipale­s para expresar su parecer, dando así cumplimien­to a esa calificaci­ón o examen de los requisitos esenciales». Este recurso se resolverá en el TSJA.

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