El Gobierno amplía 3 meses el veto de desahucios en alquileres
También anuncia la prórroga de la moratoria en el pago y de los arrendamientos Las medidas se adoptan para favorecer a las familias vulnerables
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció ayer en el Congreso la ampliación en tres meses tanto de la prohibición de los desahucios de familias vulnerables que viven de alquiler, como de la posibilidad de que este tipo de hogares obtengan un aplazamiento o condonación en el pago y una extensión del plazo de vencimiento del arrendamiento.
Las medidas fueron aprobadas en marzo del año pasado, después del estallido de la pandemia de coronavirus, y en los meses posteriores se optó por prorrogarlas y ampliarlas en varias ocasiones, pero estaba previsto que venciesen el 9 de mayo coincidiendo con el final del estado de alarma.
La iniciativa da tiempo a PSOE y Unidas Podemos para tratar de solventar sus diferencias sobre la futura ley de vivienda. Los dos socios tienen previsto incorporar en la norma una regulación de los desahucios para los colectivos vulnerables (los del alquiler ahora quedan prohibidos hasta el 9 de agosto, mientras que los hipotecarios se han vetado hasta el 2024).
▶▶Agentes
También pactaron que los ayuntamientos puedan imponer un recargo en el impuesto de bienes inmuebles (IBI) a las viviendas que permanezcan vacías durante más de dos años cuando sus propietarios tengan más de cuatro casas. Con todo, las posiciones de ambas formaciones siguen muy alejadas sobre la regulación de los precios del alquiler y sobre la imposición a los grandes propietarios para que destinen parte de sus pisos a alquileres sociales.
El Ministerio de Transportes ha precisado que la moratoria de los desahucios de hogares vulnerables en alquiler podrá incluir a aquellas familias que no tengan contrato cuando existan personas dependientes, víctimas de violencia sobre la mujer o menores de edad. En esos casos, el juez podrá decidir suspender el desahucio cuando los propietarios sean personas físicas o jurídicas titulares de más de 10 viviendas.
Como ya se reguló hace meses, esa medida no se podrá aplicar cuando la vivienda sea la residencia habitual o segunda residencia del propietario o este la haya cedido a una persona física o jurídica para el mismo fin, cuando la entrada en el inmueble se haya producido con intimidación o violencia, cuando existan indicios de que la vivienda se esté utilizando para actividades ilícitas, cuando se trate de inmuebles destinados a vivienda social y ya se hubieran asignado, o cuando la entrada se produzca con posterioridad a la entrada en vigor de la norma.
La prórroga de tres meses de la posibilidad de solicitar el aplazamiento o condonación parcial del pago del alquiler se podrá instar cuando el arrendador sea un gran propietario o entidad pública. La ampliación en seis meses del vencimiento del contrato beneficia a los hogares con familias vulnerables que la soliciten siempre que el propietario no necesite la vivienda para sí mismo y siempre que sea persona física.
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