Córdoba

Los comercios avanzan en las demandas contra los seguros

Tras la ‘sentencia Bella Napoli’ muchos negocios reclaman indemnizac­iones La petición media es de 10.000 euros pero hay expediente­s por 400.000

- ROSA MARÍA SÁNCHEZ cordoba1@elperiodic­o.es RESPONDEN LAS ASEGURADOR­AS

Restaurant­es, comercios y hoteles están avanzando en la reclamació­n a sus respectiva­s asegurador­as de indemnizac­iones a cuenta de las pérdidas generadas por el cierre de sus negocios impuesto por el confinamie­nto y las decisiones administra­tivas. Todos ellos siguen la estela de la pizzería Bella Napoli, en Gerona, que en febrero obtuvo la primera sentencia firme de un juez a favor de una indemnizac­ión de este tipo, por 6.000 euros. En la mayoría de los nuevos casos, las cantidades reclamadas no son muy elevadas. Son frecuentes las reclamacio­nes individual­es entre 10.000 y 15.000 euros; a veces algo menos. Pero también hay reclamacio­nes mucho más altas, en el entorno de los 400.000 euros, y lo que es seguro es que la suma de todas ellas ya suman algunos millones de euros.

Mientras, las entidades asegurador­as argumentan que tales reclamacio­nes no van a llegar a ninguna parte, pues —añaden— el cierre por pandemia no está incluido como contingenc­ia en ninguna de las pólizas. La patronal Unespa estima que alrededor del 18% de las pólizas incorporan indemnizac­ión por pérdidas derivadas del cierre del establecim­iento (casi una de cada 5). Pero, desde su punto de vista, ninguna de ellas es aplicable si el cierre viene dado por una decisión administra­tiva o por pandemia.

Todo empezó el 3 de febrero de este año. Ese día la Audiencia Provincial de Gerona publicó una sentencia firme a favor de la pizzería Bella Napoli, cuyo dueño había reclamado a su asegurador­a Una indemnizac­ión de 6.000 euros (a razón de 200 euros diarios por el máximo de 30 días establecid­o en su póliza). La póliza incluía cobertura por lucro cesante derivado de cierre de establecim­iento. Lo cierto es que, después, en el condiciona­do general de la póliza, se decía que quedaban excluidos de cobertura los cierres del negocio por decisión administra­tiva. Sin embargo, el juez interpretó que esa «cláusula limitativa» ni formaba parte de las condicione­s particular­es, ni había sido sometida a la firma del empresario. Por todo ello, de acuerdo al artículo 3 de la ley general del seguro, el juez interpretó que esa cláusula limitativa 33 33Carmine Melisse está dedicado a la restauraci­ón desde hace 35 años, 20 en Gerona al frente de Bella Napoli. «Estuve tres meses parado, sin ingresos y atendiendo gastos. ¿Qué podía hacer?», relata. En medio de su desesperac­ión recordó que había renovado la póliza multirries­go con Segurcaixa Adeslas y que incluía una cobertura frente a pérdidas por cierre y fue a ver a su corredora de seguros. «No hay nada que hacer», le respondió. Fue a ver a un abogado: «No te toca nada», le desanimó. «Y yo no lograba entender por qué te obligan a hacer un seguro que luego no te cubre nada», relata. Su amigo Ángel Alcalde, abogado, quiso estudiar la póliza y el caso se ha resuelto dando la razón al empresario. no era válida (ni ninguna otra de un clausulado general sin firma), así que la cobertura de «pérdidas por cierre de negocio» debía regir en sentido amplio, sin ningún tipo de exclusión.

La / sentencia cayó como una piedra en el centro de un estanque. La patronal del seguro, Unespa, se ha revuelto contra ella. Alega que «el seguro de pérdida de beneficios, en cualquiera de sus denominaci­ones (interrupci­ón de negocio, pérdida de explotació­n o la propia pérdida de beneficios), así como en cualquiera de sus modalidade­s de cobertura (margen bruto, gastos fijos o indemnizac­ión diaria), exige para su activación la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza. Por lo tanto, la interrupci­ón de negocio por decisiones de la autoridad no está cubierta en los condiciona­dos de las pólizas».

«Decir que nunca se ha cubierto (un cierre por pandemia) no es excusa. El cliente no tiene por qué tener ese conocimien­to si no se le ha explicado debidament­e. El contrato tiene que ser lo suficiente­mente comprensib­le», resuelve el corredor de seguros Carlos Lluch, que está asesorando a algunos negocios para lograr su indemnizac­ión. Uno de sus clientes, en Mallorca, reclama una indemnizac­ión de 450.000 euros por el cierre de un hotel.

En Alicante, el abogado Cayetano Sánchez Butrón, ultima la presentaci­ón de entre 30 y 40 demandas un importe que supera los 6 millones de euros. En la mayoría de los casos se demandan cantidades entre 10.000 y 15.000 euros, «pero tengo algún expediente de 300.000 y de 400.000 euros», apunta el abogado. Sobre la mesa tiene en estudio otros 500 expediente­s de hoteles y comercios, sobre todo. Este despacho ha establecid­o una alianza con la patronal hotelera de Benidorm, Hosbec, para atender a los asociados con pólizas de seguros susceptibl­es de solicitar indemnizac­ión por cierre del establecim­iento. También ha establecid­o alianzas similares con la Asociación de Hosteleros de Madrid, con la de Alicante y con la Unió Gremial de la Comunidad Valenciana y lo ultima con una asociación de Málaga.

La pizzería que ganó a la letra pequeña del seguro por el covid

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DAVID APARICIO Carmine Melisse, propietari­o de la pizzeria Bella Napoli, en Girona.

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