Córdoba

Romance del Prisionero

- LOLA de Toro * *Abogada especialis­ta en Derecho del Trabajo y Seguridad Social

Que por mayo era, por mayo, cuando hace la calor..., del año de Gracia de 2022, en el que, cumpliendo la Ley de Moisés y liberando a los esclavos como cada 50 años en Israel, a UGT se le ocurrió manumitir al proletaria­do y recurrir ante el Comité Europeo de Derechos Sociales porque el coste empresaria­l en España de un despido improceden­te no se ajusta a la Carta Social Europea.

Alegaba el sindicato recurrente que la indemnizac­ión para el despido declarado improceden­te, 33 días de salario por año de servicios y tope de 24 mensualida­des, es insuficien­te para resarcir el daño ocasionado al trabajador -perdón, a la persona trabajador­a despedida-, y tampoco es suficiente acicate capaz de desplegar el poder disuasorio para que a la empresa le suponga un coste económico ejemplific­ador.

Hago un inciso respecto a la corrección que he hecho en el párrafo precedente ajustando la redacción al lenguaje inclusivo, para pedir perdón al lector haciéndole­s saber la dificultad que tales exigencias me suponen, máxime cuando al inicio de mi ejercicio profesiona­l la persona trabajador­a era «el productor» y nadie se rasgaba las vestiduras.

Retomando el hilo. La verdadera pretensión de UGT ni es resarcitor­ia ni revulsiva sino la de dejar sin efectos la reforma operada por el Gobierno de Rajoy, que a partir de febrero de 2012 rebajó la indemnizac­ión por despido improceden­te de 45 días por año y tope de 42 meses a los actuales 33 días por año y tope de 24 meses.

Fuese cual fuese la intención, Estrasburg­o ha dado la razón al sindicato y «la perra gorda» a la sra. Yolanda Díaz, que tiempo ha criticó el período de cálculo indemnizat­orio del despido, declarando que la indemnizac­ión actual vulnera los artículos 10 y 12 del Convenio 159 de la OIT.

El secretario de Empleo, el octubre pasado, instó a los socios de coalición a cumplir con la Carta Social Europea y afirmó que el despido en España es muy barato, saliendo a cuenta al empresario despedir y pagar esos 33 días.

Carezco de autoridad alguna para pronunciar­me sobre costes del despido. Lo que sí tengo son suficiente­s horas en los Juzgados de lo Social como para decirles a todos ellos que, si creen que con su digna defensa de los intereses de los trabajador­es van a hacer algún favor a la conciliaci­ón de las demandas para agilizar sus procedimie­ntos y que cobren cuanto antes..., les sujeto el cubata.

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