Y VOLVER, VOLVER, VOLVER…
El tiempo pasa volando y, cuando menos te lo esperes, llegará el momento de regresar. Los especialistas recomiendan que saques el
altavoz y anuncies tu intención de reincorporarte (en la jerga laboral esto se conoce como on
boarding) con al menos tres meses de antelación (recuerda, por escrito). Estos son algunos de los escenarios que te puedes encontrar.
1. El más común: declaran que no hay vacantes, pero reconocen el vínculo entre las partes. Son receptivos, pero al no existir un puesto con el mismo salario y categoría, no están (por ley) obligados a admitirte en ese momento.
¿Cómo actuar? Sólo tienes las de ganar cuando hay evidencias de que la realidad es otra. Por ejemplo, si has visto sus ofertas en un portal de empleo o un compañero te ha informado de una incorporación. Sin pruebas, sólo te queda armarte de paciencia y esperar.
2. El menos común: se acepta tu solicitud y te readmiten a la primera.
Sale todo según lo previsto: comienzas con la misma posición, funciones y sueldo (y con mejor color, seguro). El porcentaje de casos así es muy bajo.
¿Cómo actuar? Si te dan otras tareas y no te interesa, nadie puede obligarte a aceptar la nueva situación. ¿El inconveniente? Te quedarías sin trabajo, sin indemnización y sin paro porque eres tú la que lo deja.
3. Poco común: no aceptan tu vuelta y niegan tener cualquier tipo de relación laboral contigo. No es lo habitual, pero a veces las entidades a rman que no existe ningún lazo contractual, alegando que hace meses (o años) que no prestas servicios en la empresa.
¿Cómo actuar? Puedes presentar una demanda por despido improcedente. La ley está de tu parte, pues tal y como declara el Estatuto de los Trabajadores, vuestra relación está paralizada, pero en ningún caso acabada.